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Caso Farmacias: En votación dividida Tribunal absuelve a 10 acusados y da por acreditados hechos de la acusación

El voto disidente del magistrado José Flores, da acreditados todos los hechos y establece la participación culpable de los acusados Roberto Belloni, Ramón Avila, Ricardo Ewertz y Sergio Purcell, como autores del delito.

Fiscal Jaime Retamal estuvo a cargo del juicio en representación del Ministerio Público.

Fiscal Jaime Retamal estuvo a cargo del juicio en representación del Ministerio Público.

En votación dividida, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal absolvió a los 10 ejecutivos farmacéuticos acusados por la Fiscalía Centro Norte de alteración fraudulenta del precio de medicamentos. Tras conocer el veredicto, el fiscal Jaime Retamal informó que analizará los fundamentos del fallo para evaluar si recurre de nulidad, destacando que se dieron por acreditados los hechos de la acusación y la existencia de un fundado voto disidente que acogió la imputación del Ministerio Público.

El veredicto se conoce luego de tres meses de juicio oral en que la Fiscalía acusó a los ejecutivos de Salcobrand, Fasa y Cruz Verde de coordinarse para alzar el precio de los fármacos, usando como intermediarios a los laboratorios y alterando con ello el precio que habrían tenido los medicamentos en caso que hubiera seguido operando entre las cadenas una competencia real. 

La Votación

En el voto de mayoría, las magistradas María Inés Collin y Laura Assef, dieron por acreditados los hechos de la acusación, pero absolvieron a los acusados.  Argumentaron que la coordinación usada por las farmacias para alterar el precio de los medicamentos no está sancionada penalmente y que no se demostró que esta conducta realizada entre diciembre de 2007 y abril de 2008 afectara el equilibrio de precios de largo plazo.

El voto disidente

El voto disidente del magistrado José Flores, da acreditados todos los hechos y establece la participación culpable de los acusados Roberto Belloni, Ramón Avila, Ricardo Ewertz y Sergio Purcell, como autores del delito.

Flores señala que “este juez concuerda con la parte acusadora en cuanto se observó, de conformidad al principio de inmediación, que estando la gran mayoría de sus testigos de alguna u otra manera aún vinculados con las cadenas farmacéuticas en cuestión, provocó la reticencia de estos para declarar de manera fluida y natural, manteniéndose en ciertos casos al borde de ser considerados hostiles, siendo un ejemplo de ello la declaración de la testigo Paula Mazzachiodi Armijo, a quien el señor Fiscal le tuvo que refrescar memoria o derechamente evidenciar contradicciones con declaraciones prestadas por ella ante el Ministerio Público en a lo menos 27 oportunidades … no obstante ello, el ente persecutor con la totalidad de su prueba logró superar el estándar necesario como para acreditar el delito”. 

El voto en contra del magistrado Flores establece que los acuerdos de precios, en este caso de medicamentos, son un medio fraudulento en sí, por lo que son una forma de cometer el delito del artículo 285. Ello, se acreditó con la abundante prueba del Ministerio Público, entre ellas correos electrónicos por medio de los cuales se comunicaban  empleados de laboratorios y funcionarios de rango medio y gerencial de las farmacias Cruz Verde, Salcobrand y Farmacias Ahumada,  con el objeto de coordinar y alterar los precios de ciertos medicamentos, en general al alza, y estas no eran consecuencia de sus políticas de precios ni de algún imponderable del negocio”.

Sobre el punto, Flores señala que en tales correos “se utilizaban expresiones como “ coordinar”, “ alinear” etc., a las que los acusados Belloni y Avila les dieron sentidos inverosímiles teniendo en consideración que son personas con alto nivel de instrucción y educación”.

Añade que la expresión precio natural debe ser analizada de acuerdo a su significado literal, es decir, el valor pecuniario obtenido sin alteración, destacando que si hay acuerdo de precios entre las partes, no hay precio natural.

Según Flores, durante el juicio quedó acreditada la coordinación y la participación de los gerentes de Salcobrand y Fasa. Establece la culpabilidad de ellos teniendo en cuenta que tenían el dominio del hecho por los cargos gerenciales que ocupaban.

El próximo 28 de julio el tribunal dará a conocer el fallo, oportunidad en que la Fiscalía, tras analizar los fundamentos, resolverá si recurre de nulidad.

 

 

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