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Antofagasta

 

Antofagasta: condena a proveedor de droga

Acusado de 23 años, al momento de ser detenido se desempeñaba como carabinero.

Fiscal Liborio Fajardo Vega

Fiscal Liborio Fajardo Vega

El Fiscal Liborio Fajardo, obtuvo una sentencia de condena en contra de Víctor Ernesto Miranda Garrido,  de 23 años, oriundo de San Fernando y a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades.

            De acuerdo a la acusación presentada por el fiscal Fajardo, los hechos se iniciaron cuando efectivos del OS-7 tomaron conocimiento que Víctor Ernesto Miranda Garrido que en ese tiempo se desempeñaba como funcionario de Carabineros, se dedicaba además al tráfico de estupefacientes, tomando contacto con proveedores extranjeros, quienes le suministraban la droga la cual posteriormente comercializaba entre profesionales de importantes recursos económicos, particularmente en el sector sur de la ciudad.

            Así fue como personal del OS-7 tomó conocimiento que Miranda Garrido entregaría droga a un consumidor que trabajaba en el Hospital Militar de esta ciudad, por lo que se le hizo un seguimiento, observando como en las inmediaciones de la Avenida Brasil, hacía entrega de la droga a un tercero, el cual al ser fiscalizado se le encontró en su poder cuatro envoltorios de clorhidrato de cocaína con un peso de 10,2 gramos, droga que había adquirido momentos antes a Miranda Garrido por un valor de 120 mil pesos.           

            El acusado renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio , manifestando que el momento de cometer el delito llevaba cuatro años en Carabineros y que debido a que tenía contacto con ciclistas se aproximó al mundo de la droga y que  comenzó a proveerle droga a los adictos atendiendo el pedido de un amigo que estaba preso.

            El Tribunal, luego de valorar la prueba aportada por el Fiscal Fajardo, consistente en testimonial, pericial y documental, sumado a la declaración del acusado dio por configurado tanto el delito como la participación que en el mismo cupo al acusado.

            Miranda Garrido, que en su oportunidad fue dado de baja de la institución, recibió una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y una multa de 10 UTM. Atendido que cumplía con los requisitos que dispone la Ley, se le sustituyó la pena aflictiva por la libertad vigilada por el mismo lapso de la condena inicial.

 

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