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Puerto Montt: En prisión preventiva queda imputado por femicidio frustrado

Fiscal Jefe de Puerto Montt, Marcello Sambuceti Correa, sostuvo en audiencia que el imputado actuó “con el ánimo de dar muerte” a la víctima. Luis Chacón Almonacid registra condenas por amenazas en violencia intrafamiliar y desacato. Al momento de la agresión tenía prohibición absoluta de acercarse a su cónyuge.

Fiscal Jefe de Puerto Montt, Marcello Sambuceti Correa

Fiscal Jefe de Puerto Montt, Marcello Sambuceti Correa

     Como autor del delito de femicidio en grado de frustrado fue formalizado esta mañana Luis Natalio Chacón Almonacid, quien el pasado martes 14 de abril roció con un líquido inflamable a su cónyuge y a la casa que ésta habitaba y luego le prendió fuego. En la audiencia de formalización de la investigación desarrollada esta tarde, el Fiscal Jefe de Puerto Montt, Marcello Sambuceti Correa, solicitó la prisión preventiva del imputado, medida cautelar que fue otorgada por el Tribunal de Garantía.

      "Con el ánimo de darle muerte", según sostuvo el fiscal, y premunido con un bidón con un líquido inflamable, a eso de las 22:10 horas del 14 abril el imputado concurrió hasta el domicilio de la víctima, donde roció el combustible tanto al cerco, la casa como a la propia mujer, "para luego, prender fuego con un encendedor y retirándose del lugar". Sólo la intervención de un hijo común, consistente en apagar las llamas que quemaron las vestimentas y la piel de la víctima y el traslado de ésta a un centro asistencial médico, impidieron que la mujer falleciera.

     Como resultado de la acción del fuego, la víctima resultó con quemaduras de distintos tipos en el brazo derecho, dorso y región posterior de muslo izquierdo, de carácter grave según certificación médica y que la mantienen hospitalizada.

   En la formalización de la investigación, el representante del Ministerio Público indicó que Chacón Almonacid fue ese día a la vivienda, pese a que tenía prohibición expresa de hacerlo, ya que el 01 de agosto de 2014 se le condenó como autor del delito de desacato y se estableció además de una pena privativa de libertad, la prohibición absoluta de acercarse a su cónyuge, tanto en su domicilio como a cualquier lugar donde ésta se encontrare. A raíz de esto, también se le formalizó en esta misma audiencia como autor del delito consumado de desacato.

     Al término de la audiencia se fijó plazo de investigación de 120 días.

 

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