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Fiscal de Puerto Varas se capacita en modelos anticorrupción relativos a empresas

Marco Muñoz Becker, especializado en delitos funcionarios y de corrupción, participó en jornada de análisis sobre los riesgos asociados a la industria financiera, productiva y comercial. En especial se trataron alcances de la recientemente creada Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas.

Fiscal Marco Muñoz Becker, Fiscalía Local de Puerto Varas (foto archivo).

Fiscal Marco Muñoz Becker, Fiscalía Local de Puerto Varas (foto archivo).

    Con el fin de estudiar y analizar los diversos modelos de prevención de delitos y los riesgos asociados en la industria financiera, productiva y comercial, la Unidad Especializada Anticorrupción de la Fiscalía Nacional capacitó a fiscales del país sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, gobiernos corporativos y responsabilidad de sus órganos directivos. En el curso, que se desarrolló en la ciudad de Santiago, participó el Fiscal de Puerto Varas, Marco Muñoz Becker, especializado en delitos de corrupción.

    Según explicó el Fiscal Muñoz, quien tiene a su cargo varias investigaciones sobre estas materias, este curso “fue una gran experiencia, ya que es una materia nueva. Se trata de una problemática latente hoy día y muy pertinente, que conciernen a la actividad productiva del sector privado en sus diversas dimensiones y cómo ésta debe relacionarse con el sector público. Conocimos la realidad y riesgos de la actividad bancaria, minera, vitivinícola, inmobiliaria, del retail, entre otras”.

    “Ciertamente, es una permanente preocupación de la Fiscalía de Chile la capacitación continua y el proporcionarnos herramientas en éstas y otras materias, para que en las investigaciones criminales que tenemos en nuestro respectivo territorio jurisdiccional, se investigue y eventualmente persiga a la persona jurídica que, muchas veces, es la que finalmente motiva y se beneficia de la comisión de un delito perpetrado por parte de un funcionario público (como en los casos de cohecho o soborno), ya sea para que se le otorgue o conceda un permiso o se facilite su tramitación o se le adjudique un contrato público”, indicó Muñoz.

    Con la recientemente creada Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, se impone la necesidad de que sea la misma empresa la que cuente con modelos de prevención que impida que en su beneficio se cometan delitos como cohecho, lavado de activos o financiar terrorismo. “Además se previene con estos modelos que participe en infracciones a la libre competencia, se adopten medidas para evitar infracciones y precaver una eventual responsabilidad criminal o civil”, añadió el persecutor. Las sanciones que contempla la ley van desde la disolución o cancelación de la personalidad jurídica, la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado y multas, entre otras, sin perjuicio de las penas que le correspondan a las personas naturales que participan del delito y de la correspondiente afectación a la reputación de la empresa y al valor de la marca comercial por verse involucrada en delitos, “cuestión que cobra especial relevancia sobre todo si ésta realiza operaciones comerciales en el extranjero”, señaló el fiscal especializado.

 

 

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