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Antofagasta

 

Condenado por transportar 23 kilos de droga

El destino del ilícito producto era Ovalle. Fue detenido en control carretero a la altura de María Elena.

Fiscal (s) de Tocopilla, Andres Godoy Rojas

Fiscal (s) de Tocopilla, Andres Godoy Rojas

            El fiscal (s) de Tocopilla Andrés Godoy, obtuvo una sentencia de condena en  contra de Carlos Adrian Vega Zepeda de 43 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de cometer un delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

            Los hechos por los que acusó el fiscal Godoy, ocurrieron el 22 de enero del presente año cuando Carabineros de la tenencia de María Elena efectuaba un control de tránsito vehícular en la ruta B-240 a la altura del km. 40. En esos momento controló un vehículo marca Kia que era conducido por el imputado a exceso de velocidad. Al revisar el vehículo, Carabineros adviritó que este transportaba en el maletero, unos sacos de color blanco, contenedores de 12 paquetes  rectangulares enhuinchados con cinta adhesiva, contenedores todos de marihuana con un peso 9 kilos 700 gramos, además de otros 14 paquetes ovalados y enhuinchados contenedores todos de pasta base de cocaína con una pureza de entre 23% y 28% y que sometidos a pesaje arrojaron un peso bruto de 13 kilos 700 gramos.

            Asimismo la policía incautó a Vega Zepeda 3 teléfonos celulares y dinero en efectivo destinado a facilitar el transporte de la referida droga.

            El imputado renunció a su derecho a guardar silencio y reconoció que había aceptado trasladar el camión con droga de Calama Ovalle, por que le habían ofrecido 200 mil pesos y el estaba necesitado de dinero.

            Luego de escuchar el testimonio de testigos, en este caso los Carabineros que intervinieron en el procedimiento, además de los informes periciales de la droga junto a prueba documental y fotográfica el Tribunal Oral dio por acreditado, tanto el delito como la participación que en el mismo cupo al acusado, al que impuso una pena de cinco años años de presidio menor en su grado máximo.

            Por reunir los requisitos legales se le concedió el beneficio de la libertad vigilada, por un lapso de cinco años.

 

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