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Valparaiso

 

Fiscalía de San Felipe logra presidio perpetuo calificado para autor de femicidio

-Tribunal acogió dos agravantes presentadas por el Ministerio Público, una de ellas la alevosía con la que actuó el acusado.

Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe

Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe

En la Sala del Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe, compuesta por los jueces Rodrigo Cortéz, en calidad de presidente, Alejandra Araya y Paola Hidalgo se desarrolló el juicio en contra de Stefano Cortés Salcedo, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de femicidio ocurrido entre el 9 y 10 de julio del año 2022 en un inmueble de la Villa Curimón de San Felipe, donde fallece la víctima.

“Accedió al inmueble valiéndose de un mecanismo artesanal conocido por el imputado, consistente en jalar la cuerda conectada a la cerradura, consiguiendo de este modo abrir la puerta principal del inmueble desde el antejardín. Una vez en su interior, valiéndose de su superioridad física y del hecho que la víctima lo recibía de manera habitual en su domicilio la agredió con ánimo homicida, golpeándola violetamente y en reiteradas ocasiones, además de atacarla con un cuchillo en la zona del cuello, para finalmente provocar su muerte, consumado el hecho, huyó del lugar”, así lo expuso durante el desarrollo del juicio el Fiscal Jefe de San Felipe, Eduardo Fajardo.

El Ministerio Público expuso ante el tribunal prueba testimonial, pericial, documental y otros medios que permitieron al Tribunal dar por acreditados los hechos y la participación del acusado en calidad de autor.

“El Tribunal ponderando todos los medios de prueba aportados por fiscalía, entre ellos, testigos, fotografías, pericias científicas particularmente, permitieron al Tribunal arribar a la decisión de condena por este delito de femicidio no íntimo por el cual la fiscalía acusó en su oportunidad. El Tribunal además acogió dos agravantes, invocadas por el ministerio público, permitieron finalmente, de acuerdo con la interpretación y aplicación de las condenas   que se le diera esta condena de presidio perpetuo calificado”, destacó el Fiscal Fajardo tras conocer la sentencia.

El Ministerio Público destacó que se acogieran las dos agravantes de alevosía e ignominia, lo que permitió arribar a la pena máxima que establece el código penal.

“Deberá considerarse que en el caso de marras concurren dos agravantes, la del artículo 12 N°1 y del 390 quáter N°4 del Código Punitivo, y ninguna circunstancias que aminore o atenúe la responsabilidad del encausado, de forma tal que, siguiendo las reglas del artículo 68 del mismo código, podrá imponerse la pena inmediatamente superior en grado al máximo de los designados por la ley, la que no es otra que el presidio perpetuo calificado, al ser la pena máxima contemplada en nuestra legislación”, establece la sentencia.

“A la defensa le cabe un plazo de 10 días para eventualmente recurrir a través de un recurso de nulidad, para que conozca la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Y eventualmente si confirma la sentencia del fallo, queda afirme o bien podría dictar sentencia reemplazo o anular el juicio. Lo que estaremos informando una vez que tengamos noticias de aquello”, agregó el Fiscal Fajardo.  

 

 

 

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