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Fiscalía de La Ligua logra condena para dos acusados por homicidio ocurrido en Hierro Viejo

- Ministerio Público ya había logrado condena para el autor del disparo que recibió la víctima, herida que le causa finalmente la muerte en agosto del año 2020.

Fiscalía Local de La Ligua

Fiscalía Local de La Ligua

Ante la Sala del Tribunal Oral en Lo Penal de Quillota, integrada por la jueza titular doña Mónica Oliva, presidenta, junto a las juezas titulares María Luisa Ríos y Carolina Encalada, se desarrolló el juicio por el homicidio de Juan Pablo González León, hecho ocurrido en el sector de Hierro Viejo de Petorca el 1 de agosto del año 2020.

La Fiscalía llevó a juicio a Juan Olmos Pérez, en calidad de autor y a Rafael Bravo Pizarro en calidad de encubridor del homicidio, caso donde el Ministerio Público ya había logrado la condena de Diego Jaramillo Astudillo, autor del disparo que termina con la vida de la víctima.

“Previamente concertados para agredir a la familia Panguinao, aproximadamente a las 13:00 horas concurrieron hasta inmueble ubicado en Hierro Viejo, Petorca a lo menos DIEGO ALBERTO JARAMILLO ASTUDILLO, JUAN GUILLERMO OLMOS PÉREZ, BRIAN KONING, MILOVAN ARAYA y RAFAEL ANTONIO BRAVO PIZARRO, todos en un vehículo conducido por este último. Al llegar al lugar se bajan Jaramillo, Olmos, Koning y Araya, los que se dirigen a la propiedad antes referida, Jaramillo abre la puerta de calle de un golpe ingresando al patio lateral éste junto con Olmos y Araya, donde fue agredido Juan Pablo González León, resultando con una herida cortante en la pierna derecha, otra punzo cortante en el brazo izquierdo tercio superior, esta última propinada por Juan Olmos Pérez por un golpe de machete y una herida de bala en el abdomen propinada por JARAMILLO ASTUDILLO que le causó la muerte por shock hipovolémico por laceración de vena cava inferior, saliendo inmediatamente después los agresores, quienes huyeron en el mismo vehículo en que habían llegado, aún conducido por Bravo Pizarro”, explicó durante el juicio el Fiscal Ramírez.

Se presentó durante el juicio prueba testimonial, pericial y documental que le permitieron al Tribunal dar por acreditados los hechos de la acusación. El Fiscal Ramírez, fue enfático en señalar que la acción de Olmos fue relevante, pese a la víctima no perdió la vida por la herida que le causa en el hombro, sino por el impacto de bala.

“Si bien no se pueden obviar las leyes de la naturaleza el artículo 15 no solo considera autores a quienes ejecutan el hechos de manera inmediata o directa, plantea varias hipótesis, las conductas especificas imputadas a Bravo y Olmos, sí merecen sanción a título de autores, Juan Olmos con la acción de bajarse con un machete y lanzar golpes crea el riesgo no permitido a la víctima que se concreta en el resultado típico y Bravo traslada a los hechores del homicidio y ejecutado el hecho le facilita la huida en el vehículo”, señaló el Fiscal Ramírez en sus alegatos de clausura.

El Tribunal estimó lo planteado por el Ministerio Público y condenó como autor de homicidio a Juan Olmos Pérez a cumplir la pena de 10 años de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Mientras que Rafael Bravo Pizarro, fue condenado como encubridor de homicidio a tres años y un día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. Condena que ambos deberán cumplir de manera efectiva.

 

 

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