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La Serena: Fiscalía acredita apremios ilegítimos de funcionarios policiales contra menor de 13 años y falsificación de parte

Los hechos se situaron el 22 de noviembre del año 2019, en momentos que el menor de edad fue golpeado y posteriormente los funcionarios de Carabineros enviaron antecedentes para generar una causa en el Juzgado de Familia.

El Tribunal oral falló en primera instancia y acogió los medios de prueba de la Fiscalía.

El Tribunal oral falló en primera instancia y acogió los medios de prueba de la Fiscalía.

Por unanimidad, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, Rubén Bustos y Juan Carlos Espinosa encontraron culpables a dos funcionarios de Carabineros – a la fecha de los hechos, el 22 de noviembre de 2019- por los delitos de apremios ilegítimos contra un menor de 13 años de edad en esa ocasión y falsificación de instrumento público, esto es, un parte policial emanado hacia el Juzgado de Familia.

Según los antecedentes de la investigación de la Fiscalía, en el contexto de las manifestaciones que ocurrían en el sector, el menor de edad se encontraba en la esquina de Balmaceda con Francisco de Aguirre y posteriormente fue víctima de los delitos. Recibió golpes con un objeto contundente en diversas partes de su cuerpo.

El fiscal que vio el caso, Claudio Correa, resaltó que el menor de edad pudo testificar en el juicio y sostener sus dichos a 4 años de lo ocurrido. “Es un menor de edad de 13 años y lo que hizo la fiscalía fue recoger su testimonio, creerle y darle sustento y a través de medios como testigos, peritajes, fotos del Servicio Médico Legal, se reunió prueba para superar estándar y obtener veredicto condenatorio. Fundamental fue el testimonio de la víctima y después de varios años se sostuvo el mismo. El apoyo y objetividad de la fiscalía fue desde el principio”, dijo.

Tras los golpes, los funcionarios entregaron información falsa “que tenía por objeto ocultar los apremios ilegítimos. Esta situación fue demostrada por distintos testimonios y también se sancionó por aquello, por mentir en un documento público e iniciar en el tribunal de familia una causa”, agregó el fiscal.

La madre del afectado, a quien el tribunal mantuvo su protección y reserva de identidad, dijo que “mi hijo siempre dijo la vedad, desde el primer día hasta la semana pasada en que declaró. Quienes estaban acá creyeron en él, tal como su familia. Es lo que más agradezco, dijo”.

El juez redactor, Juan Carlos Espinosa, dijo que con los medios aportados “se terminó de generar un plexo probatorio suficiente” para ponderar los hechos.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 21 horas del 22 de noviembre de 2019, en las inmediaciones de la avenida Balmaceda con Francisco de Aguirre, en la comuna de La Serena, los  funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de Fuerzas Especiales, con ocasión de manifestaciones sociales que se verificaban a esa hora, junto con otros tres funcionarios no identificados, detuvieron a la víctima, un menor de 13 años de edad, a quien agredieron con golpes de luma en el rostro y cuerpo y, luego,  trasladaron en calidad de detenido a la Primera Comisaría de la comuna.

A consecuencia de los golpes, la víctima resultó con contusiones en columna, pelvis, globo ocular, tejido orbital, hombro y brazo, amén de graves sufrimientos psíquicos.

Asimismo, al redactar el parte policial, informaron que la víctima había sido lesionada por otros manifestantes, lo que se comunicó al Juzgado de Familia de La Serena.

“El accionar antijurídico de los acusados con relación a la víctima, un menor de edad, se puede explicar más bien como un uso desmedido y descontrolado del uso de la fuerza en la creencia equivocada de estar cumpliendo todavía y de ese modo brutal, con sus obligaciones institucionales, más que una conducta dirigida por un especial ánimo vindicativo de castigar a un menor por su participación en la protesta social. Menos aún si los acusados, en razón de su grado funcionarios, no podían ser los impulsores de tal supuesto ánimo o finalidad y solo podían, en cambio, dar cumplimiento a las directrices impartida por su jefatura directa en las labores destinadas precisamente a disolver las manifestaciones y restablecer el orden público, lo que hicieron, pero fuera de toda norma, ejerciendo violencia y tratos crueles e inhumanos en la persona de un menor de edad”, consigna el acta de deliberación.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Espinosa Rojas– quedó programada para las 14 horas del lunes 4 de septiembre próximo.

 

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