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Valparaiso

 

Fiscalía de Quilpué logró 20 años de presidio efectivo para autor de homicidio calificado

-El caso causó gran conmoción al quedar al descubierto, ya que el acusado escondió el cuerpo de la víctima dentro de una lavadora.

Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar

Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar

En el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar se llevó a cabo el juicio en contra de Eduardo Andrés Lagos González, acusado por el Ministerio Público como autor del homicidio calificado de Diego Varas Rodríguez, hecho ocurrido el 23 de enero del año 2022 en el sector de Belloto Norte de Quilpué. Así lo expuso durante el desarrollo del juicio la Fiscal de Quilpué, Daniela Quevedo.

“El día 23 de enero del año 1022, el acusado mató a la víctima, don Diego Vargas, y no de cualquier forma, sino que de manera brutal. Esto es, a través de 37 heridas, corto punzantes y penetrante en el cuello, rostro y cabeza de la víctima. Se acreditó en primer término, que el cuerpo de la víctima de un Diego Vargas fue encontrado en el interior del inmueble del acusado, inmueble en el cual solo vivía él. Además, se encontraron todos los enseres personales de la víctima, la mochila de su propiedad, vestimentas y también sus documentos, entre ellos su cédula de identidad, los cuales se encontraban a ocultos en la parte posterior del inmueble que habitaba el acusado y en diversas partes dependencias. En el mismo sitio del suceso se encuentra una de las armas utilizadas para proferir parte de las lesiones que mantenía el cuerpo de la víctima, específicamente el cuchillo, el cual fue exhibido ante el tribunal”, expuso la Fiscal Quevedo en su alegato de clausura.

Para la Fiscalía la prueba rendida permitió dar por acreditados los hechos de la acusación, principalmente el ensañamiento con el que actuó el acusado en contra de la víctima. Para ello se expuso prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba, que permitió visibilizar el actuar del acusado. Peritos expusieron ante el Tribunal que todas las puñaladas recibidas por la víctima fueron vitales, ya que fueron provocadas cuando el joven aún se encontraba con vida.

“Con la prueba rendida se acreditó ante el Tribunal que efectivamente existe la circunstancia de ensañamiento, puesto que la conducta del acusado aumenta deliberadamente el mal del delito. Causando otros males innecesarios para su ejecución. Son 37 heridas cortopunzantes que implican un daño y un atentado mayores a la lesión letal que termina con la muerte de la víctima. Existió por parte del acusado la voluntad de hacer sufrir de forma innecesaria a la víctima”, señaló la Fiscal Quevedo.

La sala integrada por los magistrados Alejandro Palma Cid, Fernán Rioseco Pinochet y Manuel Muñoz Chamorro en fallo unánime condenó al acusado a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo como autor de homicidio calificado, más las accesorias legales accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, además del pago de las costas de la causa.

 

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