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Antofagasta: Condenan a ciudadano colombiano por baleo en campamento Aurora Esperanza

Fiscalía lo acusó por homicidio tentado, tráfico de drogas y tenencia de armas.

La sentencia fue pronunciada por el TOP de Antofagasta.

La sentencia fue pronunciada por el TOP de Antofagasta.

A una pena total de 11 años y 89 días de presidio fue condenado un ciudadano colombiano, de 38 años de edad, acusado por la Fiscalía de Antofagasta por los delitos de homicidio tentado, tráfico de drogas y tenencia de arma de fuego prohibida y municiones.

Según acusación presentada por la fiscal Paola Acevedo, el día 11 de agosto de 2021 al interior del campamento Aurora Esperanza, el imputado Rodrigo Serna Martínez, producto de rencillas anteriores y percutó dos disparos en contra de su víctima, sin lograr impactarla, tras lo cual se refugió al interior de su domicilio, donde fue detenido por Carabineros.

Durante el procedimiento de detención, la policía descubre 3 kilos 389 gramos de marihuana que estaba oculta en distintos puntos del inmueble, además de un arma de fuego de fabricación artesanal calibre 9 milímetros, sin número de serie, en cuyo cargador se encontraron 4 municiones sin percutar.

En su sentencia, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta expresa que, con los testimonios expuestos por el Ministerio Público, se pudo establecer la existencia de una acción homicida, consistente en que el acusado, ofuscado con la víctima, luego de haber mantenido un altercado con uno de sus familiares y premunido de un arma de fuego artesanal, ejecutó dos disparos en su contra, los que no lograron alcanzarlo, pero con la clara intención de matarlo.

Agrega que, tras la ejecución de los tiros, el acusado se retiró a su inmueble, “lugar en que permaneció hasta que llegaron los efectivos policiales que ejecutaron su detención y allanaron su inmueble encontrando diversas especies cuya tenencia y posesión se hallaba sancionada por nuestro ordenamiento jurídico”.

Debido a la lo anterior, el tribunal condenó a Serna Martínez a 818 días de presidio como autor del delito tentado de homicidio simple, a 4 años por tenencia de arma de fuego prohibida y de municiones, y a 5 años y 1 día por tráfico ilícito de drogas.

La resolución agrega que, no cumpliendo el sentenciado los requisitos previstos en la Ley N°18.216, el ciudadano colombiano deberá cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva, comenzando por la más grave, que se contará desde el 11 de agosto de 2021, fecha desde la cual se ha encontrado privado de libertad con ocasión de esta causa.

 

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