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La Serena: Tribunal dicta 20 años de presidio para autores de homicidio calificado

Tribunal acogió acusación de la Fiscalía en lo concerniente al homicidio ocurrido en el sector Puertas del Mar.

20 años de presidio fue la decisión del Tribunal Oral en este caso.

20 años de presidio fue la decisión del Tribunal Oral en este caso.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó en primera instancia a 20 años de presidio efectivo, sin beneficios, a cada uno de los autores de un homicidio calificado ocurrido en el sector Puertas del Mar.

Los hechos ocurrieron el 13 de noviembre del 2021.

Según la acusación, ese día, a las 06:10 horas aproximadamente, en el interior de un departamento ubicado en Avenida Libertad, Condominio Alto Serena I, Puertas del Mar, La Serena, los acusados O.A.A.O. y C.S.A.D., inmovilizaron y agredieron en diversas oportunidades con el fin de dar muerte a la víctima, propinándole golpes de puño y pie, causándole diversas heridas vitales en ambos pies, brazos, muñecas, abdomen, tórax, zona genital, en el rostro y cabeza, además lo agredieron con armas cortopunzantes, dándole diversos cortes y hematomas en otras partes del cuerpo.

Después de haberle ocasionado el sufrimiento previo, innecesario para causar la muerte de la víctima, le propinaron una herida contusa en la cabeza. Posteriormente, los acusados subieron el cuerpo de la víctima aún agonizante en un carro de supermercado, para arrojarlo en la vía pública, cercanías del bandejón central de calle Libertad, intersección con Avenida Puertas del Mar, La Serena. La víctima falleció por traumatismo encéfalo craneano a raíz de las agresiones de los acusados.

Los jueces condenaron por unanimidad a los acusados.

El fiscal jefe de La Serena, Carlos Vidal, explicó cuáles fueron los medios de prueba que permitieron acreditar los hechos. "Se ha aumentado en forma inhumana el dolor en contra de la vìctima", dijo.

“Son 3 órdenes de medios probatorios, relacionados entre sí. En primer lugar declaró un funcionario de la PDI que recoge evidencia material y fílmica. La segunda fueron las filmaciones de la cámara de seguridad que establecieron esa parte de los hechos como fue el traslado agonizante de la víctima desde el principio de ejecución del delito hasta el sitio del suceso. La tercera fue prueba de carácter pericial del Laboratorio de Criminalística, Lacrim, que analizó la evidencia que recogió el funcionario PDI. Se determinó el cruce de material genético que estableció la participación de los imputados en los hechos”.

La causa aún tiene plazos vigentes si las partes desean recurrir, por lo cual la sentencia todavía no está firme ni ejecutoriada.

 

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