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SACFI logra altas penas efectivas para tres condenados por robo, tráfico y porte

- Deberán cumplir entre 14, 12 y 8 años de presidio efectivo, ya que el Tribunal no dio lugar a penas sustitutivas.

Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Quillota

Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Quillota

El Ministerio Público a través de su Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos tras una investigación logró llevar a juicio a los acusados Leonardo David Gómez Méndez, Cristofer Matías Guzmán Lobos, John Michael Villalobos Zamora y Llamal Karim Chahuán Cerna por hechos ocurridos entre el año 2018 y 2019. Durante 45 días se expusieron todos los antecedentes que buscaban acreditar una serie de delitos cometidos por los cuatro acusados.

Se presentó ante el Tribunal una importante prueba de cargo, la que incluyó más de 60 testigos, diez peritos de diferentes especialidades, más de 50 documentos y más de 100 evidencias y otros medios de prueba que fueron consignados en el auto de apertura.

“Se dio cuenta de la condena de estas cuatro personas en virtud de diversos medios de prueba que permitieron al Tribunal alcanzar una convicción más allá de toda duda razonable su participación respecto de diversos títulos imputativos que fueron acusados por el Ministerio Público. Nos parece que es un fallo que merece una revisión exhaustiva, son más de 470 páginas que contienen fundamentos asociados a altas condenas que fueron impuestas a tres de estos jóvenes, en lo particular, condenas que van entre los 14, 12 y 8 años respectivamente. Y así mismo la condena impuesta al señora Chahuan Cerna, equivalente a 541 días”, expuso el Fiscal Felipe González de SACFI, tras la lectura de sentencia.

La Sala del Tribunal Oral en Lo Penal de Quillota no dio por acreditados todos los hechos de la acusación y condenó a los cuatro acusados a las siguientes penas:

Cristofer Matías Guzmán Lobos fue condenado por un robo con intimidación ocurrida en La Calera a cinco años y un día de presidio, además de penas accesorias. Por el delito de tráfico ilícito de drogas fue condenado a 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, además de multa y penas accesorias. Por la tenencia ilegal de arma de fuego agravado fue condenado a 5 años y un días de presidio mayor en su grado mínimo, mientras que por el delito de tenencia de municiones a 541 días de presidio menor en su grado medio. En total deberá cumplir una pena cercana a los 15 años de presidio, la que por su cuantía no tiene penas sustitutivas y deberá cumplirla de manera efectiva, restando los días que ha permanecido en prisión preventiva.

Leonardo David Gómez Méndez fue condenado como autor de un robo con intimidación ocurrido el 27 de marzo de 2019 en La Calera y un robo con violencia e intimidación ocurrido en Hijuelas el 28 de julio de 2019 a una pena única de 12 años de presidio mayor en su grado medio, más penas accesorias.

John Michael Villalobos Zamora fue condenado a 5 años  y un día de presidio por el robo con intimidación perpetrado en marzo del 2019 en La Calera, a 61 días de presidio menor en su grado medio por tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades ocurrido en septiembre del año 2019 y a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de tenencia de arma prohibida y municiones. Más de ochos años de presidio efectivo en total, además del pago de una multa y penas accesorias.

Respecto a Llamal Karim Chahuán, fue condenado a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, además de la suspensión de cargos públicos por el tiempo que dure la condena. Pena que el Tribunal estimó cumplida por todo el tiempo que permaneció en prisión preventiva.

“Parece relevante poder graficar por una parte en un sentido positivo el establecimiento de altas condenas respecto a personas que son determinadas como culpables en base a un proceso objetivo, racional y justo. Y que obviamente obedece a un trabajo que permite establecer su participación y no a una actitud positiva en este caso, de los propios acusados o eventualmente de terceras personas que hubiesen efectuado denuncias. Nos parece que es determinante en aspectos vinculantes por ejemplo al uso de armamento de fuego, estableciendo en este caso también participación en figuras asociadas al tráfico de drogas o respecto de graves hechos ocurridos durante el estallido social que se mantenían con un alto grado de impunidad y que es en virtud de este tipo de investigaciones que el Ministerio Público puede dar cuenta de condenas y en ese sentido nos parece satisfactorio para nuestro trabajo”, señaló el Fiscal González una vez conocida la sentencia.

 

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