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Fiscalía Centro Norte obtiene primera condena por el delito de tortura sexual

Fiscal Paola Trisotti acreditó que paramédico atacó a paciente internada en Instituto Psiquiátrico y que ésta fue discriminada en su condición de mujer y precaria situación social.

Fiscal Paola Trisotti obtuvo la condena

Fiscal Paola Trisotti obtuvo la condena

A una pena de ocho  años y seis meses de cárcel por el delito de tortura sexual fue condenado un paramédico del servicio de urgencia del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz, acusado por la Fiscalía Centro Norte de violar a una paciente que se encontraba internada y sedada en el recinto. Según pudo acreditar la fiscal Paola Trisotti, el ataque obedece a una razón de discriminación hacia la víctima por su condición de mujer, su situación de pobreza  y por padecer una enfermedad metal que la mantenía en estado psicótico.

Se trata de la primera condena por el delito de tortura sexual desde la entrada en vigencia de la ley en el año 2016. En ella se considera que el delito de violación es cometido por un funcionario público y que el ilícito se comete en desprecio de la víctima por ser mujer, por su situación social y por los problemas psiquiátricos derivados del consumo de drogas.

De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron el 3 de febrero de 2019, días después que la víctima ingresara al hospital  debido a un severo cuadro de agitación psicomotora por el cual  fue sedada con fármacos que la mantenían privada de sus sentidos y voluntad. La agresión quedó al descubierto luego que un enfermero se percatara tras observar casualmente las grabaciones de las cámaras de seguridad.

Según los magistrados del Segundo Tribunal de Juicio Oral  Claudia Camus, Nancy Alvarado y Raúl Díaz, la prueba presentada por la Fiscalía Centro Norte permitió establecer que el imputado  violó a la paciente que estaba con compromiso de conciencia, provocándole un daño psíquico y emocional  que se mantiene en la actualidad

A juicio de los jueces, la actuación del imputado “constituyó una manifestación clara de violencia de género que reflejó un especial menosprecio que llevó a cosificar a esta víctima en específico, vulnerándo su sexualidad prevaliéndose de su condición de salud que la hacía especialmente vulnerable, verificándose la tortura en razón de una discriminación”.

La pena a la que fue condenado por el tribunal es la más alta que podía aplicarse al imputado, considerando que tiene irreprochable conducta anterior.

 

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