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Fiscalía de Alta Complejidad logra primera condena por incendios ocurridos durante estado de excepción

La condena fue conseguida a menos de dos meses de ocurrido el delito, en un procedimiento abreviado en el que el imputado admitió los hechos de la acusación.

Imágenes de las cámaras de seguridad de la Ruta 5 Sur

Imágenes de las cámaras de seguridad de la Ruta 5 Sur

Una pena de 3 años y 1 día de presidio obtuvo la Fiscalía de Alta Complejidad de La Araucanía contra Diego Meliñán Catrío, quien fue condenado como autor de un incendio que el 18 de febrero destruyó 10 hectáreas de rastrojo de trigo y parte de un cerco perimetral en el fundo Melanie II, en Ercilla.

La condena, la primera en el marco de los incendios registrados el pasado verano en la Región durante el estado de excepción, fue conseguida a menos de dos meses de ocurrido el delito, en un procedimiento abreviado en el que el imputado admitió los hechos de la acusación.

El fiscal de alta complejidad Enrique Vázquez explicó que en esta investigación resultó clave el material audiovisual registrado por las cámaras de seguridad de la Ruta 5 Sur, que registraron cuando condenado descendió de su caballo e inició el incendio. “Cobra especial relevancia la participación de los operadores de las cámaras de Carabineros, quienes realizaron un seguimiento a la acción desplegada por el imputado e incluso obtuvieron un acercamiento al rostro del individuo que había iniciado el incendio”, detalló.

El trabajo investigativo desarrollado por la Fiscalía y la PDI permitió identificar a Diego Meliñan Catrío como el posible autor del delito, lo que fue corroborado  mediante la comparación de las imágenes con fotografías encontradas en fuentes abiertas como Facebook, tanto del imputado como de su caballar.

El fuego iniciado por el condenado destruyó 10 hectáreas de rastrojo de trigo y parte del cerco cierre perimetral de la propiedad, lo que generó además una densa humareda que obstaculizó el libre tránsito de los vehículos que se desplazaban ese día por la Ruta 5 Sur, a la altura del kilómetro 586, en el sector Quechereguas. 

El tribunal concedió al condenado el beneficio de la libertad vigilada intensiva y le impusio como pena accesoria la prohibición de aproximarse a los afectados.  

Libertad vigilada intensiva: "Se caracteriza por un régimen de mayor control, en el que el penado estará sujeto al cumplimiento de un programa de actividades bajo la aplicación de condiciones especiales y la orientación permanente y rigurosa de un delegado de Gendarmería de Chile. Pueden acceder personas que han sido condenadas a penas de cárcel entre 3 y 5 años". Fuente: Gendarmería de Chile

 

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