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Corte de Apelaciones ratifica sentencia de 12 años de cárcel contra imputado autor de los delitos de estupro y abuso sexual

El acusado cometió los ilícitos mientras ejercía como director de una escuela de ballet.

Fiscales Marcela Rocha y Patricio Millán dirigieron la investigación de este caso.

Fiscales Marcela Rocha y Patricio Millán dirigieron la investigación de este caso.

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que obtuvo la Fiscalía Regional Centro Norte por los delitos de estupro y abuso sexual en contra del acusado Johann Hernaldo Ortiz Bustos (de 42 años), quien fue condenado a 12 años de presidio efectivo, como autor de estos ilícitos.

El acusado cometió estos delitos mientras se desempeñaba como director de una escuela de Arte Ballet ubicada en la comuna de Santiago, cuando procedió a realizar actos de significación sexual en contra de víctimas que asistían a clases en dicho establecimiento.

En su dictamen el tribunal de alzada capitalino rechazó el recurso de nulidad que interpuso la defensa del acusado, indicando que la sentencia está correctamente ajustada a las disposiciones legales que regulan su contenido.

De acuerdo a la acusación expuesta por los fiscales Marcela Rocha y Patricio Millán –ambos de la Fiscalía Centro Norte- los hechos fueron investigados a partir del año 2013 cuando se recibió la primera denuncia en contra del acusado por el delito de estupro, por parte de una alumna que asistía al establecimiento.

La fiscal Rocha explicó que posterior a esta denuncia, nuevamente se denunció al acusado respecto de otras víctimas por hechos de relevancia y significación sexual cometidos por él, al momento de enseñar las técnicas del ballet.

La fiscal detalló además que se realizó una extensa investigación en la que se reunieron los relatos de las víctimas menores de edad que daban cuenta de la vivencia de los hechos por los cuales se presentó acusación.

Como parte de la sentencia dictada por el Tribunal Oral y luego del desarrollo del juicio, se acreditaron hechos ocurridos entre los años 2011 y 2014, respecto a tres víctimas menores de edad al interior de la escuela.

De este modo, junto a la pena principal de doce años de presidio, el acusado fue sentenciado a quedar bajo vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes y a la inhabilitación absoluta perpetua para empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales que involucren una relación directa y habitual con personas menores.

En este juicio resultaron absueltos otros dos imputados contra los cuales se acusó por hechos similares.

 

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