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Condenan a 17 años de presidio a imputado que violó reiteradamente a la hija de su ex pareja

Las agresiones comenzaron en la ciudad de la Paz, Bolivia y continuaron cuando llegaron a Chile.

Fiscal de la zona Centro Norte, Paola Trisotti dirigió la investigación de este caso.

Fiscal de la zona Centro Norte, Paola Trisotti dirigió la investigación de este caso.

17 años de presidio es la pena que deberá cumplir el acusado Jorge Lizardo Chávez Montes (de 56 años), tras haber sido declarado culpable del ilícito de violación contra la hija de su ex pareja, hechos cometidos entre los meses de marzo y agosto del año 2016 en un domicilio ubicado en la comuna de Quinta Normal.

En este juicio la fiscal Paola Trisotti – de la Fiscalía Regional Centro Norte- logró acreditar que el imputado efectuó actos de relevancia y significación sexual sobre la víctima, quien al momento de los hechos tenía 14 años de edad. Todos estos actos los realizaba no sólo aprovechando que era el padrastro de la menor y de su inexperiencia sexual, sino además amenazándola con matarla a ella y a su madre. El acusado además la golpeaba en la cara, en el cuerpo y le tapaba la boca para que no gritara, ante la resistencia de la menor.

En el veredicto, el Segundo Tribunal Oral expuso que con los medios de prueba presentados por la Fiscalía Centro Norte, se pudo acreditar los hechos con la declaración de la víctima, quien dio cuenta que el imputado había abusado de ella y la había violado en reiteradas ocasiones, principiando estas conductas en la ciudad de La Paz, Bolivia, para luego continuar realizándolas en Chile.

El tribunal detalló que “sin perjuicio que la víctima refiere haber vivenciado un primer episodio de transgresión en su indemnidad sexual por parte de su padrastro en país boliviano, cuando éste recién la conocía, lo cierto es que si bien, este antecedente no forma parte de los hechos que se han tenido por acreditados, constituye un indicio contextual que permite corroborar la versión de la menor, dando coherencia lógica al relato que entrega”.

“Cabe destacar que la prueba directa antes referida, se vio sustentada y reafirmada por numerosa prueba indirecta, que permitió concluir a este tribunal que el relato de (la víctima) fue sostenido de manera férrea en el tiempo”.

Igualmente el tribunal acogió la agravante especial del artículo 368 del Código Penal, considerando especialmente que la menor estaba al cuidado de su padrastro, “quien aparentaba preocuparse de su alimentación y vestimenta, erigiéndose incluso como apoderado de ésta en su centro educacional”.

Por estos hechos, el acusado Chávez Montes fue declarado culpable como autor del delito consumado de violación, en carácter de reiterado.

 

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