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Antofagasta: 5 años y un día por robo con intimidación en supermercado

Asaltantes intimidaron a los cajeros y les robaron recaudación del día

Fiscal David Cortes Alfaro

Fiscal David Cortes Alfaro

El Fiscal David Cortés Alfaro,  obtuvo una sentencia de condena en contra de  Brayan Daniel Bravo Barahona, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal encontró culpable de un delito de robo con intimidación perpetrado en esta ciudad el día 16 de junio de 2015. Por este ilícito se le aplicó una pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

Los hechos por los que acusó el fiscal Cortés dan cuenta que “el día 16 de junio de 2015, a las 19:30 horas, aproximadamente, el acusado, junto a otros tres sujetos no identificados y previamente concertados para sustraer especies, ingresó a un  supermercado , ubicado en calle Carlos Oviedo Cavada a la altura del 5.300 de Antofagasta, para lo cual uno de los sujetos procedió a intimidar a la guardia de seguridad con un arma al parecer de fuego para evitar que impidiera el robo, mientras que Bravo Barahona y los otros sujetos se dirigieron hasta las tres cajas recaudadoras, desde donde sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, tres gavetas contenedoras de la suma total de $718.541, en dinero en efectivo, dándose a la fuga del lugar, no sin antes uno de los sujetos efectuar disparos al aire con el fin de asegurar la huida.

Durante el juicio el acusado hizo uso de su derecho a guardar silencio. Su defensa en tanto solicitó la absolución argumentando que la prueba fiscal no permitiría romper la presunción de inocencia que ampara a su representado.

En la etapa probatoria se escuchó el testimonio de  las víctimas, en este caso trabajadores del Supermercado, que dieron a conocer la forma como ocurrieron los hechos. Asimismo se escuchó la versión de los policías que intervinieron tanto en la etapa de investigación como en las diligencias periciales.

El análisis de esta prueba permitió a los sentenciadores establecer que los hechos se desarrollaron de la forma como el fiscal lo expuso en la acusación y que en ellos correspondió participación en calidad  de autor al acusado.

Atendida la extensión de la pena aplicada, no se concedieron  beneficios sustitutivos al imputado.

 

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