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Antofagasta

 

Taltal: ocho años de presidio por homicidio

El hecho ocurrió el año 2012 en la calle frente a una casa donde se estaba desarrollando una fiesta.

Fiscal de Taltal Ricardo Castro Lillo

Fiscal de Taltal Ricardo Castro Lillo

                El Fiscal de Taltal,  Ricardo Castro Lillo obtuvo una sentencia de condena en contra de Luilly Enrique Segovia Gallardo de 33 años de edad,  a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de homicidio simple en perjuicio de  Guido Monroy Reyes, ilícito por el que recibió una condena de ocho años de presidio mayor en su grado medio.

                En el juicio compareció además como querellante,  la hermana del fallecido Rosa Monroy Reyes, representada por el Centro  Regional de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos.

                Los hechos ocurrieron el 2 de noviembre del 2012 de madrugada,  cuando la víctima, en compañía de su pareja caminaba por calle San Martín,  frente a la altura del 500 de la comuna de Taltal, lugar donde se celebraba una fiesta. Allí la víctima fue sorpresivamente atacada por un sujeto, que salió del referido inmueble, quién lo agredió con un objeto contundente. Tras lo cual ingresó al inmueble, momentos en que sale el imputado Luilly Segovia Gallardo, quién provisto de un cuchillo siguió a la víctima que se había logrado parar e intentaba seguir su camino, a quién propinó una puñalada en la región dorsal derecha, para luego retornar a la casa donde se celebraba la fiesta.

                La víctima, resultó con una herida corto punzante profunda de aproximadamente 10 centímetros en el cuero cabelludo y con una herida penetrante abdominal complicada, que obligó a su traslado al Hospital Regional, en el que estuvo hospitalizado hasta el 3 de febrero cuando murió a causa de la herida causado por Segovia  Gallardo.

                Durante el juicio se escuchó el testimonio de la pareja del ocsiso así como de otros asistentes a la fiesta y vecinos del lugar, además del testimonio de Carabineros que concurrieron al sitio del suceso así como los peritos que periciaron tanto el sitio como el cuerpo del ofendido.

                Esto sumado a la prueba documental y fotográfica, llevaron al Tribunal a dar por acredi6ado, tanto el delito como la participación que en el mismo cupo al acusado.

                Atendida la extensión de la pena no se concedieron beneficios sustitutivos de la pena, la que deberá ser cumplida efectivamente.

 

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