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Fiscal Nacional no asumirá, de momento, las investigaciones a fundaciones

Decisión fue tomada con el fin de estandarizar las investigaciones entre las diferentes Fiscalías Regionales con el apoyo de la Fiscalía Nacional a través de la Unidad Especializada en Anticorrupción, Lavado de Activos y Probidad Interna (UNAC), sumando el apoyo de la Unidad de Apoyo a la Investigación Financiera Patrimonial (INFIPAT)

Fiscal Nacional, Ángel Valencia no asumirá las investigaciones a fundaciones.

Fiscal Nacional, Ángel Valencia no asumirá las investigaciones a fundaciones.

El Fiscal Nacional, Ángel Valencia, ha decidido no acoger, por el momento, la solicitud presentada por los partidos Renovación Nacional, Partido Republicano y Partido Demócratas, en la cual se le insta a asumir personalmente la dirección de la investigación relacionada con la asignación de recursos fiscales desde la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda de Antofagasta hacia diversas fundaciones.

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, el Fiscal Nacional puede asumir, de manera excepcional y de oficio, la dirección de la investigación, el ejercicio de la acción penal pública y la protección de las víctimas o testigos en casos específicos que se consideren constitutivos de delitos, cuando la posición de las personas involucradas como imputados o víctimas requiera garantizar la independencia y autonomía en dichas labores.

Con el fin de estandarizar las colaboraciones investigativas entre las diferentes Fiscalías Regionales, se han creado equipos especiales dentro de la Unidad Especializada en Anticorrupción, Lavado de Activos y Probidad Interna (UNAC), sumando el apoyo de la Unidad de Apoyo a la Investigación Financiera Patrimonial (INFIPAT). Estos equipos se encargarán de sistematizar la información, colaborar en la tramitación con organismos públicos y privados, y brindar apoyo jurídico en el desarrollo de las investigaciones.

En la actualidad, los hechos están siendo examinados por la Fiscalía Regional de Antofagasta, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. Hasta el momento, no se han identificado las circunstancias previstas en el artículo 18 de dicha ley que justifiquen la intervención directa del Fiscal Nacional en este caso.

Por lo tanto, se ha determinado que no se dará lugar a la solicitud formulada en este momento. No obstante, esto no descarta la posibilidad de que se tome una resolución diferente en el futuro, basada en nuevos antecedentes o circunstancias que puedan surgir durante el transcurso de la investigación en curso.

 

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