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Puerto Montt: A 15 años de privación de libertad condenan a sujeto que violó a sus hijas

Fiscalía probó en juicio oral que las agresiones sexuales ocurrieron cuando las niñas tenían 8 años de edad. Tribunal acogió agravantes alegadas por fiscal Jaime Rojas en cuanto a parentesco y que acusado cometió el delito mientras se encontraba cumpliendo condena por otros hechos.

Fiscal Jaime Rojas Díaz

Fiscal Jaime Rojas Díaz

  A la pena privativa de libertad de 15 años y un día, fue sentenciado un sujeto por la violación de sus dos hijas menores. Fiscalía de Puerto Montt probó durante el juicio oral que los hechos ocurrieron entre los años 2012 y 2013, cuando las niñas tenían sólo 8 años de edad. Asimismo, el organismo persecutor logró que se acogieran las circunstancias agravantes de parentesco y de haber cometer el delito mientras el acusado estaba cumpliendo una condena por robo con violencia y gozaba de beneficios penitenciarios.

     "El tribunal acogió las pretensiones del Ministerio Público y condenó en definitiva a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo por los delitos de violación en contra de sus hijas que son dos menores de edad. La Fiscalía está conforme con el fallo, se acogieron nuestras pretensiones y las circunstancias agravantes invocadas. En definitiva es una pena que se condice también con el daño causado a las víctimas", señaló el Fiscal Jaime Rojas Díaz, quien presentó ante el Tribunal Oral de Puerto Montt las pruebas y testimonios reunidos durante la etapa investigativa de este caso.

    El persecutor afirmó que los delitos sexuales forman parte de las áreas prioritarias de persecución penal incorporadas por la Fiscalía Regional de Los Lagos. En tal sentido indicó que "mantenemos los lineamientos y nuestros criterios de persecución penal respecto de delitos de esta naturaleza y que sobre todo afectan a menores de edad, en los cuales se insta por ir a juicio y obtener una condena de orden ejemplar".

     Durante la realización del juicio oral, ambas niñas víctimas dieron su testimonio a los jueces. "Ellas prestaron declaración a través de un circuito cerrado de televisión en una sala anexa a la sala de audiencia, donde están en un ambiente un poco más acogedor. Lo importante es que con este sistema se protege la dignidad y la honra de las niñas, y también no se ven expuestas a estar viendo al imputado", dijo el fiscal Rojas e indicó que esta medida de protección fue solicitada por el Ministerio Público "teniendo presente que el acusado era su padre, la edad de las niñas y el delito por el cual fueron víctimas".

     Según establece la sentencia, "la prueba producida por el acusador fiscal y la parte querellante durante la audiencia del juicio oral, la que se reprodujo en la sentencia, ha logrado superar la presunción de inocencia que ampara al acusado, permitiendo conducir al Tribunal a la convicción más allá de toda duda razonable de que a éste le ha correspondido una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor de los hechos anteriormente descritos, toda vez que ha tomado parte en los mismos de una manera inmediata y directa".

     La pena de 15 años y un día impuesta en este caso es de cumplimiento efectivo, sin derecho a beneficios. Asimismo, el fallo condena además al acusado a las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Esta sujeción consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual.

 

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