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La Polar: Fiscalía Centro Norte obtiene primera condena contra ex gerente y acredita su participación en todos los delitos investigados

Fiscal José Morales obtuvo condena a cinco años contra Nicolás Ramírez. Tribunal concedió beneficio de la libertad vigilada.

Fiscal José Morales obtiene primera condena en caso la Polar

Fiscal José Morales obtiene primera condena en caso la Polar

La Fiscalía Centro Norte obtuvo la primera condena en la investigación por el caso La Polar, causa en la que se investiga a altos ex ejecutivos de la empresa a los que se les imputa participación en diferentes delitos que cometieron con motivo de las repactaciones unilaterales, que realizó la multitienda entre los años 2006 y 2011.

La condena afecta al ex gerente Nicolás Ramírez, quien fue sentenciado a la pena de cinco años de cárcel por los delitos de entrega de información maliciosamente falsa al mercado; uso deliberado de información privilegiada; declaración maliciosamente falsa en la escritura de emisión de valores de oferta pública y obtención fraudulenta de créditos suministrando datos falsos o maliciosamente incompletos. Tras dictar la condena el tribunal aplicó a Ramírez el beneficio de la libertad vigilada.

Al conocer la resolución, el fiscal jefe de Alta Complejidad, José Morales, manifestó su satisfacción con la condena, y destacó que la Fiscalía Centro Norte logró acreditar todos los delitos por los que investigó al ex gerente, quien fue una de las personas que entregó información falsa al mercado, que realizó ofertas públicas de acciones con información falsa al mercado y que además se aprovechó  de esta información para vender acciones a un precio que no era real.

A juicio del fiscal, esta condena viene a reafirmar algo que la Fiscalía afirmó desde el momento de la formalización, en diciembre de 2011, que es que todos los imputados tenían conocimientos de las prácticas de repactaciones unilaterales.

Junto con la condena de cinco años Ramírez quedó inhabilitado para ejercer cualquier cargo directivo en sociedades sometidas a la fiscalización de la SVS.

LOS DELITOS POR LOS QUE FUE CONDENADO RAMÍREZ:
1) Delito del artículo 59 a) de la Ley de Mercado de Valores, en carácter de reiterado: Delito de entrega de información maliciosamente falsa al mercado.

2) Delito del artículo 59 f) de la Ley de Mercado de Valores, en carácter de reiterado: Efectuar declaraciones maliciosamente falsas en la respectiva escritura de emisión de valores de oferta pública en el prospecto de inscripción, en los antecedentes acompañados a la solicitud de inscripción, en las informaciones que deban proporcionar a las Superintendencias de Valores y Seguros o Bancos e Instituciones Financieras es su caso, o a los tenedores de valores de oferta pública o en las noticias o propaganda divulgada por ellos al mercado.

3) Delito reiterado del artículo 60 e) de la Ley de Mercado de Valores, en carácter de reiterado: Delito consistente en efectuar transacciones u operaciones de valores de oferta pública, de cualquier naturaleza en el mercado de valores o en negociaciones privadas, para sí o para terceros, directa o indirectamente, por parte de los sujetos a que se refiere el art. 166 Ley de Mercado de Valores, usando deliberadamente información privilegiada.

4) Delito del artículo 157 de la ley General de Bancos, en carácter de reiterado Delito consistente en la obtención fraudulenta de créditos de instituciones de bancarias suministrando datos falsos o maliciosamente incompletos acerca de la real situación patrimonial de la empresa.

 

 

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