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Fiscalía obtiene primera condena con agravante de Ley Zamudio por agresión a lesbianas en Viña del Mar

Se aplicaron penas de hasta 3 años y medio de presidio por amenazas y lesiones.

Fiscal Pablo Avendaño.

Fiscal Pablo Avendaño.

La Fiscalía de Viña del Mar obtuvo la primera sentencia condenatoria del país en que se aplica la agravante introducida en el Código Penal por la Ley Zamudio, contra un hombre y una mujer que amenazaron y agredieron a una pareja de lesbianas en esta ciudad.

De acuerdo con los antecedentes del caso, el 16 de diciembre de 2012, alrededor de las 18:30 horas, los imputados Felipe Villarroel y Claudia Acevedo llegaron al domicilio de las afectadas, ubicado en el barrio de Forestal, donde las amenazaron y agredieron físicamente por su orientación sexual.

Los visitantes advirtieron a las mujeres que les iban a quemar la casa y que las iban a matar, y producto de la agresión una de las víctimas resultó con lesiones graves, mientras que la otra terminó con lesiones menos graves.

El caso llegó a manos de la Fiscalía de Viña del Mar, donde el fiscal jefe, Pablo Avendaño, presentó acusación por amenazas y lesiones, y solicitó que se aplicara contra ambos la agravante nº 21 del artículo 12 del Código Penal, introducida a este cuerpo normativo por la denominada Ley Zamudio (20.069).

Según la disposición invocada, es una agravante cometer el delito o participar en él motivado, entre otras cosas, por razones de orientación sexual o identidad de género.

Por lo anterior, en juicio abreviado Villarroel fue condenado a 400 días por amenazas, y a 900 días por lesiones, lo que suma 3 años y medio de presidio que el tribunal de garantía viñamarino le permitirá cumplir con reclusión nocturna en recintos penitenciarios.

Contra Acevedo, en tanto, se impusieron 122 días por amenazas y 511 por las lesiones a las víctimas, lo que suma cerca de un año y 7 meses.

La diferencia en las penas impuestas a los acusados se debe a que contra Villarroel pesaba, además, la agravante de reincidencia en delitos de violencia, mientras que la mujer tenía dos atenuantes a su favor, entre ellas la de irreprochable conducta anterior.

El fiscal Avendaño manifestó su satisfacción por el fallo logrado, señalando que sin duda es un precedente importante para casos como este.

 
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