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Presidio perpetuo calificado para sujeto que mató a su mujer, tres hijos y a un amigo en Carahue

El Tribunal Oral de Temuco sentenció a la pena máxima a Juan Rodríguez Llancapán por los delitos de homicidio calificado, femicidio y parricidio reiterado.

El condenado Juan Rodríguez Llancapán

El condenado Juan Rodríguez Llancapán

La Fiscalía, representada por los fiscales Luis Torres y Cristian Gacitúa, obtuvo esta tarde una sentencia de presidio perpetuo calificado contra Juan Desiderio Rodríguez Llancapán por su participación como autor en los delitos de femicidio, parricidio reiterado, homicidio calificado, perpetrados en la ciudad de Carahue el 25 de mayo de 2013.

Además, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco impuso a Rodríguez Llancapán el cumplimiento de una segunda pena, de 3 años y un día de presidio, por el delito tenencia de arma de fuego prohibida.

El fiscal jefe de Carahue, Luis Torres Gutiérrez, clarificó que la pena impuesta por el tribunal es de por vida. “Se dio un presidio perpetuo calificado, que significa que el resto de sus días él los pasa en la cárcel, solamente la revisión de su situación puede hacerse cuando él haya cumplido 40 años de la pena, y de acuerdo a nuestro ordenamiento además debería cumplir la pena de 3 años y un día si tuviera algún tipo de beneficio extra carcelario”, precisó.

El fiscal Torres destacó que es “una pena justa, que de alguna manera viene a reparar en parte el daño sufrido por la familia de la víctima”.

Por su parte el fiscal adjunto Cristian Gacitúa, a quien le correspondió constituirse en el sitio del suceso el día del crimen, valoró la sentencia.  “La asumimos con satisfacción, se dieron por acreditados todos los hechos por los cuales formulamos en la acusación y además se dio lugar a todas las penas que solicitamos”.

Desde el punto de vista de  la comunidad y en particular los familiares de las víctimas, valoró que al menos pueden tener la certeza de que para ellos se hizo justicia en atención a la entidad de las penas a las que fue condenado.

Los delitos

En el juicio la Fiscalía acreditó que el 25 de mayo de 2013, en el interior de la vivienda ubicada en el pasaje Los Claveles N° 1017 de la villa Los Pensamientos, en Carahue,  el condenado compartió bebidas alcohólicas con su conviviente por 11 años, Norma Bañares Vásquez, y Julio Huitrañán Huentecol, quien posteriormente se quedó a dormir en el inmueble.

En horas de la madrugada Rodríguez Llancapán despertó, tomó un hacha y se dirigió al living donde atacó a Julio Huitrañán, propinándole diversos golpes en el rostro y cráneo. Luego tomó un cuchillo cocinero con el que le asestó dos puñaladas en la zona izquierda del tórax, mientras éste aún se encontraba con vida.

Posteriormente regresó a su dormitorio, donde dio muerte a su conviviente, a quien apuñaló en dos ocasiones en el costado izquierdo de su pecho.

A continuación el condenado asesinó a su hijo mayor de iniciales E.R.B., de 8 años de edad, que se había despertado momentos antes, apuñalándolo en dos ocasiones a la altura del pecho. 

Aprovechando que el menor de sus hijos de iniciales D.R.B., de 2 años de edad, se encontraba durmiendo en la cama del dormitorio principal, lo asfixió, obstruyéndole con sus manos las vías respiratorias hasta causarle la muerte.

Finalmente se dirigió hasta el dormitorio de su hijo de iniciales A.R.B., de 5 años de edad, quien también dormía, lo tomó y le golpeó la parte posterior de la cabeza contra un objeto contundente, ocasionándole la muerte.

 
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