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Caso Sename: Fiscalía formalizó a educadora de trato directo de lactante por cuasidelito de homicidio

“Este es un paso más de muchos otros que vamos a dar en esta investigación. En la medida en que los antecedentes nos van confirmando que los hechos son efectivamente constitutivos de un delito o de un cuasidelito, vamos a dar los pasos procesales que corresponda a las distintas investigaciones que estamos desarrollando desde Arica hasta Punta Arenas”, señaló el Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork. Audiencia se desarrolló ante Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

En el Juzgado de Garantía de Puerto Varas se realizó formalización en caso Sename.

En el Juzgado de Garantía de Puerto Varas se realizó formalización en caso Sename.

Un nuevo paso dio la investigación en el denominado "Caso Sename", luego que esta mañana se formalizara investigación en relación a la muerte de un lactante de 5 meses, ocurrida en un hogar de menores de Puerto Varas. De acuerdo a lo señalado durante la audiencia, los hechos serían constitutivos de cuasidelito de homicidio, correspondiéndole a la educadora de trato directo que se encontraba a cargo del niño, participación en calidad de autora.

El Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork Konow –encargado de dirigir a nivel nacional la investigación por la muerte de niñas, niñas y adolescentes en centros de administración directa o de organismos colaboradores de Sename- fue quien expuso ante el Juzgado de Garantía de Puerto Varas los hechos registrados el 29 de Abril de 2015, solicitando se imponga a la imputada el arraigo nacional, firma quincenal y la prohibición de acercarse al hogar en que ocurrieron los hechos, medidas cautelares que fueron otorgadas por el Tribunal.

Finalizada la audiencia, el Fiscal Emilfork indicó que "éste es un paso más de mucho otros que vamos a dar en esta investigación. En la medida en que los antecedentes nos van confirmando que los hechos son efectivamente constitutivos de un delito o de un cuasidelito, vamos a dar los pasos procesales que corresponda a las distintas investigaciones que estamos desarrollando desde Arica hasta Punta Arenas", añadiendo que dada la cantidad de casos y dispersión geográfica, "son muchas las investigaciones, por lo tanto, el despliegue de la Fiscalía, de la PDI del Servicio Médico Legal y de todos quienes están participando en esta investigación es importante". Asimismo hizo presente que "estamos hablando de un caso de Derechos Humanos, toda vez que todos los niños que fallecieron se encontraban, más allá de que se trate de una situación o hipótesis delictual o cuasidelictual o no, estando bajo la custodia del Estado para preservar su integridad física y psíquica".

En cuanto a los hechos formalizados, en la audiencia se hizo presente que el niño C.A.V.G. había sido ingresado, por orden del Juzgado de Familia de Puerto Varas, al Centro de Diagnóstico Para Lactantes y Preescolares Hogar San Arnoldo dependiente de la Fundación Hogares de Menores Verbo Divino, que es un organismo colaborador del Servicio Nacional de Menores, "quedando, en consecuencia, desde aquel momento bajo su cuidado y protección".

El 29 de abril del 2015 en la jornada de la noche, el lactante de 5 meses de vida se encontraba bajo el cuidado de la imputada V.F.V., como educadora de trato directo. De acuerdo a la formalización, ésta no siguió las instrucciones por ella conocidas, relativas a la forma de dar la alimentación a los lactantes, entre las cuales se contenía la expresa prohibición de dar mamadera a los bebés en sus cunas acostados por el alto riesgo de asfixia de los niños. "No obstante ello, le dio al referido lactante alimentación con mamadera mientras el niño permanecía acostado en todo momento". Una vez terminado el alimento, la mujer se habría retirado de la sala sin corroborar el estado del niño, regresando transcurrido más de una hora a la habitación, en la que lo encontró sin signos vitales en el interior de su cuna. La causa de muerte fue establecida como asfixia por bronco aspiración de contenido lácteo.

A juicio de la Fiscalía estos hechos constituyen un cuasidelito de homicidio previsto y sancionado con el artículo 490 N°1 del Código Penal, imputando a la formalizada participación en calidad de autora. Se fijó un plazo de investigación de 90 días.

Previo a la audiencia y en una incidencia planteada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la jueza de Garantía Paulina Tapia determinó la exclusión del Servicio Nacional de Menores (Sename) como querellante. Por parte de la Fiscalía también compareció el Fiscal Jefe de Puerto Varas, Daniel Alvarado Tíquer.

 

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