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ICA San Miguel rechaza recurso de nulidad presentado por defensa de condenados por Homicidio frustrado de 3 funcionarios PDI

Sus defensas presentaron sendos recursos de nulidad, realizándose los alegatos de la Fiscalía Occidente y de los representantes de los condenados el 09 de marzo.

Evidencia del caso.

Evidencia del caso.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el martes 29 de marzo el recurso de nulidad presentado por las defensas de los tres condenados por el Homicidio frustrado de tres funcionarios de la PDI, hecho ocurrido el 23 de julio de 2020 en Melipilla.

Los acusados Francisco Orlando Rojas Orozco, a Pablo Francisco Piña Díaz y a Ezequiel Armando Huechullanca Aros habían sido condenados el veinticinco de enero de este año, cada uno a la pena de doce años de presidio mayor en su grado mínimo, a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Sus defensas presentaron sendos recursos de nulidad fundados en la causal de la letra e) del artículo 374 en relación al artículo 342 letra c) y, a su vez, con el artículo 297, todos del Código Procesal Penal, realizándose los alegatos de la Fiscalía Occidente y de los representantes de los condenados el 09 de marzo. Las defensas alegaban que en el fallo del Tribunal Oral en lo Penal los jueces de dicho Tribunal apreciaron de manera deficitaria la prueba rendida apartándose de los principios de la lógica, máximas de la experiencia, infringiendo en particular, el de la razón suficiente y el sub principio de la corroboración, al dar por acreditado el hecho por el que se le acusa -homicidio frustrado a funcionario policial- y la participación de sus representados en éstos, en virtud de afirmaciones efectuadas por los funcionarios policiales, las que son negadas por los tres imputados.

En su dictamen, la Corte dio por bien rendida las pruebas, peritajes y testimonios en el fallo de primera de instancia, así como el testimonio de los imputados, indicando que el TOP logró acreditar los hechos presentados por el Ministerio Público y, por lo tanto, desestimando los recursos de nulidad deducidos por las tres defensas.

 

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