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Fiscalía Occidente obtiene primera condena en juicio oral por delito de Trata de Personas

Fiscal Paola Salcedo llevó las audiencias durante las 5 semanas en que se realizó el juicio.

La imagen fue captada durante esta jornada, antes del inicio de la audiencia de lectura de veredicto

La imagen fue captada durante esta jornada, antes del inicio de la audiencia de lectura de veredicto

El Primer Tribunal de Oral de Santiago dictó veredicto condenatorio respecto Rakesh Arora,  dueño del restaurante “Joya de la India” de Providencia, como  autor del delito de trata de personas, al acoger los antecedentes presentados por la Fiscalía Occidente,  respecto de la situación laboral de 4 inmigrantes indios traídos a Chile por el acusado para trabajar en su local.

El juicio oral se desarrolló durante 5 semanas, y aunque las víctimas ya no están en el país, pues retornaron a India el año 2013, resultó fundamental que el tribunal conociera sus testimonios mediante entrevistas videograbadas realizadas con anterioridad. 

“El tribunal resuelve muchos de los tópicos a considerar a propósito de las declaraciones de las víctimas, declaraciones que si no se hubiesen tomado previamente, como prueba anticipadamente ante el tribunal de garantía, no hubiese podido (el tribunal) impregnarse de aquellas y solo lo habría tenido a través de dichos de terceros” destacó la Fiscal Paola Salcedo, quien llevó el juicio oral junto a la Fiscal Paola Zárate,  y equipo profesional del Ministerio Público.

Este caso se inició a partir del conocimiento de la situación que toma la Brigada de Trata de Personas de la PDI, luego que parte de las víctimas concurrieran a la Inspección del Trabajo sin documentos de identificación ni manejar el idioma. Con la mediación de traductores, se pudo establecer que Rakesh Arora contactó a los afectados en India con la promesa de trabajar en Chile como maestros de cocina,  en condiciones muy distintas a la que en la práctica se dieron en el país.

Durante el juicio se estableció que el empresario retuvo los pasaportes de los afectos, no cumplió con los compomisos de habitabilidad e inicialmente les descontó los costos de su traslado al país, para luego ­– a propósito de los gastos médicos por enfermedad de dos de ellos- informarles que deberían trabajar gratis para él. Otro de los aspectos que llamaron la atención de las declaraciones de las víctimas fue su relato de que para saludar a Arora debían agacharse y tocarle los pies, situación que explicado en el contexto cultural importaba un menosprecio  a los trabajadores.

Estos elementos, junto a otros medios de prueba como escuchas telefónicas captadas en la etapa investigativa, permitieron al tribunal establecer que Arora modificó gravemente las condiciones de trabajo de las víctimas, afectó la libertad ambulatoria de los trabajadores e impuso condiciones excesivas de trabajo, con largas jornadas laborales.

Las víctimas de este caso regresaron a su país de origen en septiembre de 2013. “Los retornos de los ciudadanos indios, su estadia entre mayo y septiembre de 2013, fueron financiados por el Ministerio Público como una medida de protección”, explicó la Fiscal.

Por su parte, el Fiscal Regional de la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente, José Luis Pérez Calaf, relevó el trabajo realizado por el equipo del Ministerio Público “que se desplegó en dos ámbitos que son de gran relevancia para nuestra institución:  la atención y protección a las víctimas y, por otro, la coordinación entre los organismos del Estado, como la Inspección del Trabajo, y la PDI, entre otras, que aportaron pruebas de calidad que más tarde se sustentaron en el juicio oral”.

La audiencia en que se comunicará la pena que deberá cumplir el acusado, se realizará el próximo 22 de enero, a las 15 horas.

 

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