Glosario
T
Tribunal de Garantía
Es el juzgado que, pudiendo estar conformado por uno o más jueces, los cuales actúan como tribunales unipersonales, tiene como principales atribuciones las siguientes: asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal; dirigir las audiencias que procedan; dictar sentencia en el procedimiento abreviado; conocer y fallar el procedimiento simplificado; hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas cautelares, además de resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha ejecución.
Tribunal Oral en lo Penal
Es aquel tribunal pluripersonal, encargado principalmente de conocer y juzgar las causas por crimen o simple delito, que estén bajo la esfera de su competencia.
V
Víctima
Persona ofendida por el delito.
En los delitos cuya consecuencia fuera la muerte del ofendido, y en los casos en que este no pudiera ejercer los derechos que le otorga la ley procesal penal, se considerará víctima:
a) al cónyuge o al conviviente civil y a los hijos;
b) a los ascendientes;
c) al conviviente;
d) a los hermanos, y
e) al adoptado o adoptante.
Para intervenir en el procedimiento, la enumeración precedente constituye un orden de prelación, es decir, la intervención de una o más personas de una letra (a, b, c, o d) excluye a las personas de la letra siguiente.
A
Actuación de oficio
Trámite o diligencia que efectúa la autoridad competente por iniciativa propia.
Acuerdo reparatorio
Salida alternativa al conflicto penal y consiste en un acuerdo entre el imputado y la víctima.
Este acuerdo debe ser aprobado por el juez de garantía en una audiencia a la que cita a los intervinientes (imputado y víctima) para escuchar sus planteamientos y verificar que dieron su consentimiento de manera libre y con pleno conocimiento de sus derechos.
Este acuerdo solo se puede realizar si los hechos investigados afectan bienes de carácter patrimonial, o de lesiones menos graves o delitos culposos.
Acusación
Presentación que realiza el fiscal ante el juez de garantía, donde relata los hechos que se le atribuyen al imputado, la calificación jurídica de los hechos, indica los medios de prueba (que usará en el juicio para acreditar los hechos) y la participación en ellos, además, solicita la pena que él estima que el tribunal debe aplicar.
Una vez que el fiscal presenta la acusación, el juez de garantía ordena que se le notifique a todos los intervinientes y cita a una audiencia de preparación de juicio oral.
C
Comisión de un delito
Cometer una conducta penada por la ley, ya sea por acción u omisión voluntaria.
Comiso
Pena (o sanción) que se impone por un crimen o simple delito y que implica la pérdida de los efectos que provengan de él y de los instrumentos con que se ejecutó, salvo que pertenezcan a una tercera persona o a alguien no responsable del crimen o simple delito.
I
Incautación (Incautada)
Medida preventiva, que recae en los objetos, documentos e instrumentos de cualquier clase que pudieran o parecieran haber servido o destinados para cometer el hecho investigado, o los que de él provinieran, o los que pudieron servir como medios de prueba, así como los que se encuentren en el sitio del suceso. Esta medida debe ser decretada por el juez.
E
Especie
Cosa o bien corporal mueble (ingresada al Ministerio Público) incautada, recogida o entregada durante la investigación y que debe ser cuidada o administrada, según lo que disponen las normas legales y el respectivo Reglamento del Ministerio Público.
Para estos efectos las especies y evidencias tendrán el mismo tratamiento.