Derechos de los testigos
Los Testigos cumplen una función importantísima para la justicia penal, por ese motivo la ley los ampara y les concede los siguientes derechos:
Recuerde que siempre que sea citado por la Fiscalía o por el Tribunal para que declare como Testigo se encuentra legalmente justificado para ausentarse de su trabajo o estudios.
1. Todo testigo tiene derecho a abstenerse de declarar en contra de su cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente, hermano, pupilo, guardador, adoptante o adoptado.
2. Todo testigo tiene derecho a negarse a contestar aquellas preguntas cuya respuesta pueda incriminarlo a él, a su cónyuge, a su conviviente, a alguno de sus ascendientes o descendientes, a sus hermanos, a su pupilo o guardador y a su adoptante o adoptado.
3. Todo testigo tiene derecho a no declarar cuando por su estado, profesión o función legal, como abogado, médico o confesor, tenga el deber de guardar secreto.
4. Todo testigo menor de edad, en la audiencia del Juicio Oral, tiene derecho a ser interrogado exclusivamente por el Presidente de la Sala, mientras no esté en aplicación la ley de entrevista videograbada, en razón de la que solo podrán interactuar con el niño, niña o adolescente personas especialmente formadas para llevar a cabo su entrevista.
5. Todo testigo que carezca de medios suficientes o viva solamente de su remuneración tiene derecho a que se le indemnice la pérdida que le pueda ocasionar la comparecencia a la audiencia del Juicio Oral y a que le paguen, anticipadamente, los gastos de traslado y habitación.