Fiscalía de San Antonio logra condena para autor de abuso sexual de mayor de 14 años
Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio
El delito fue cometido en el contexto de una fiesta universitaria el año 2017.
Tras la etapa investigativa el Ministerio Público presentó acusación en contra de un hombre de 29 años por su participación como autor del delito de abuso sexual de mayor de 14 años, hecho cometido en agosto del 2017 en el sector de Las Cruces. De acuerdo a lo expuesto durante el juicio por el Fiscal Ricardo Méndez, el acusado de iniciales S.A.D.R., “aprovechando la incapacidad para oponerse de la víctima, quien se encontraba inconsciente a raíz del consumo de alcohol y una caída que había sufrido, y tras lograr estar a solas con ella, comete el delito”.
El Ministerio Público presentó prueba testimonial, que incluyó el relato de la propia víctima, prueba pericial y otros medios de prueba. Por parte de la defensa el acusado hizo suya la prueba presentada, no rindió prueba propia y el acusado decidió guardar silencio. El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Antonio, integrada por los jueces don Sergio Ortiz Huechapán, quien presidió la audiencia, doña María Angélica Martínez Gómez y Catalina Lagos Gómez, valoró la prueba presentada y el relato de la víctima, dando por acreditados los hechos materia de la acusación.
“Que, en cuanto al lugar y la fecha de ocurrencia de los hechos, la prueba rendida resulto coherente para establecer la ocurrencia de un evento específico relatado por los testigos de cargo, cual es, la existencia de una fiesta común (…), en la que los estudiantes de la carrera de la víctima y el encartado, a la sazón compañeros de carrera y universidad, concurrieron junto a otros estudiantes al Litoral Central. (…) Su relato, que contuvo precisiones respecto de la fecha de ocurrencia y contexto, unido a la precisión de las personas precisas con las que compartió alojamiento”, señala la sentencia.
El acusado fue condenado a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, además de accesorias legales, como autor de un delito de abuso sexual propio. El Tribunal estimó que se cumplían los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, sustituyendo la pena privativa de libertad impuesta en la sentencia por la de Libertad Vigilada Intensiva.
Además, se le impuso la prohibición de aproximarse a la víctima, o a sus familiares y de comunicarse con ellos.