Fiscalía de Quillota logra siete años de pena afectiva para autor de abuso sexual reiterado

Fiscalía Local de Quillota
- La víctima era menor de 14 años al momento de los hechos, los que fueron cometidos entre los años 2015 y 2017.
Ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, integrada por la jueza titular Mónica Oliva Rybertt quien la presidió, y además por el juez suplente Claudio Osorio Llanos y el titular Lino Godoy Órdenes se llevó a cabo el juicio en contra de un hombre de 54 años por delitos de connotación sexual cometidos entre 2015 y 2017 en la comuna de Quillota en contra de la hija de su conviviente en la época de los hechos.
La Fiscal de Quillota, especializada en delitos sexuales, Gabriela Fuenzalida, expuso en el juicio que la víctima tenía sólo 8 años de edad al momento de iniciar los ilícitos.
“Sufrió los hechos entre los años 2015 y 2017, por parte del ex conviviente de la madre, en un ambiente de violencia intrafamiliar, lo que motivó una causa proteccional, que entregó el cuidado de (víctima) a la abuela”, señaló la Fiscal en sus alegatos, lo que fue expuesto en el juicio tanto por la menor como por su abuela, quienes testificaron en el proceso. Además de peritos que trabajaron durante la investigación y prueba documental que le permitió al Tribunal más allá de toda duda razonable, dar por acreditados los hechos.
“Que analizada la prueba incorporada en conjunto para verificar que entre ella existe la concordancia necesaria, todos los testigos impresionaron como creíbles, en los aspectos que manifestaron constarles, ya que presentaron coherencia interna, además resultaron unos con otros complementarios, lo que permitió dotarlos además de coherencia externa ahora analizada, al resultar corroborados los dichos de (la víctima) con los otros que fueron recibidos en el juicio, además que según se pudo constatar no hubo contradicciones en su relato según ya se analizó del contra examen efectuado por la defensa del acusado, y la inexistencia de ejercicios para evidenciar alguna contradicción, ni siquiera mínima”, señala la sentencia.
Fue así como el Tribunal condenó al acusado a cumplir la pena efectiva de siete años de presidio mayor en su grado mínimo como autor de delitos consumados y reiterados de abuso sexual, además de las accesorias generales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta. Por el tipo de delito, fue condenado además a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal impuesta por el delito; y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.