Fiscal Jefa de Maipú logra condena de presidio perpetuo calificado para autor de femicidio ocurrido en marzo de 2024
Los hechos ocurrieron la madrugada del 30 de marzo de 2024 en un departamento ubicado en Avenida El Olimpo de la comuna.
La Fiscal Jefa de Maipú-Cerrillos, Gabriela Cruces logró el lunes 06 de abril una sentencia de presidio perpetuo calificado para el autor de un femicidio ocurrido el 30 de marzo de 2024, en un domicilio de Avenida El Olimpo, en Maipú.
El hoy condenado, Rolando de la Cruz Rojas Vergara (46), mató a su conviviente de 39 años, hiriéndola con un arma cortopunzante en al menos 30 oportunidades en su cuello y tronco, además de propinarle golpes de forma reiterada en la zona cervical y tórax para, a continuación, arrojarla al suelo, lo que le provocó fracturas en la columna, culminando la agresión al sofocarla con el antebrazo, lo que le causó un infarto y su muerte. Tras ello, y con el apoyo de sus padres, tomó el cuerpo de la víctima ya fallecida para envolverlo en una frazada, subirlo a una silla de ruedas y sacarla del departamento, pero, al percatarse de que un vecino los vio, regresaron de vuelta a esa vivienda, para adulterar el lugar de los hechos, efectuando una limpieza de las manchas de sangre y manipulando las heridas del cadáver.
Testimonio y pruebas presentadas
El juicio oral se realizó entre el 16 y el 24 de marzo en el Quinto TOP de Santiago y junto con la persecutora, compareció la abogada asistente de Maipú, Caroline Matamala. Allí, la Fiscalía indicó que víctima y victimario mantenían una convivencia de al menos siete meses. Asimismo, presentó prueba testimonial, donde destaca la declaración del Carabinero que concurrió al sitio del suceso, quien indicó que “el sitio del suceso estaba muy ordenado y el cuerpo de Solange estaba muy limpio, con olor a cloro” y que tanto el padre del imputado como él indicaron que la mujer se habría caído de la silla de ruedas y golpeado en la cabeza. Asimismo, prestó su testimonio una perita criminalística de la PDI que también concurrió al lugar, declarando que “el living estaba muy limpio, olía a productos de limpieza” y que la víctima “tenía heridas contuso-cortantes y cortopunzantes, pero alteradas en su morfología porque fueron intervenidas, pues no tenían vestigios de sangre y las zonas de estas lesiones presentaban quemaduras de un agente químico que se usó sobre esas heridas”.
El Ministerio Público presentó también abundante prueba pericial y documental, incluyendo las comunicaciones de CENCO, el plano del sitio del suceso, además de fotografías y registros en video.
Con todos los antecedentes presentados, el Tribunal, por mayoría, resolvió condenar a Rojas Vergara a presidio perpetuo calificado como autor del delito consumado de femicidio. Fueron acogidas como agravantes el actuar con alevosía (con la oposición de uno de los magistrados), y el haber cometido el hecho en el contexto de violencia física o psicológica habitual contra la víctima.
Y si bien los padres de Rojas Vergara también habían sido acusados por la Fiscalía por el delito de homicidio, el Tribunal decidió absolverlos por estimar que su participación en la acción homicida no logró ser acreditada con las pruebas de cargo presentadas. En tanto, su potencial figura como encubridores quedaba sin efectos dado el lazo de consanguinidad con el hoy condenado.