Víctimas y Testigos

Víctimas y TestigosDerechos

Derechos de las Víctimas Toda víctima tiene derecho a:

 

1. Atención. Ser atendida por los jueces, fiscales, Carabineros y PDI.

2. Trato digno. Recibir un trato acorde a su condición de víctima.

3. Denunciar el delito. Denunciar los hechos que la afectaron a Carabineros, PDI, Fiscalías o en los Tribunales con competencia criminal.

4. Ser informada. Saber del estado de su caso, de sus derechos y de lo que debe hacer para ejercerlos.

5. Solicitar protección a los fiscales en el caso que ella o su familia enfrente presiones, atentados o amenazas. Los tribunales garantizarán sus derechos durante la investigación y el juicio, y si corresponde, decretará medidas de protección superiores.

6. Obtener reparación o devolución de los bienes que le hayan quitado por hurto, robo o estafa, y que los fiscales promuevan medidas que faciliten la reparación del daño sufrido.

7. Ser escuchada por el Fiscal o el Juez de Garantía, antes de decidirse la suspensión o el término del procedimiento.

8. Interponer querella a través de un abogado.

9. Participar en el proceso. Obtener de Carabineros, PDI, Fiscalía, Registro Civil, Gendarmería y Servicio Médico Legal, apoyo y facilidades para realizar los trámites en que deba intervenir y asistir a las audiencias en que se trate su caso.

10. Reclamar. La víctima tiene derecho a reclamar ante las autoridades de la Fiscalía o ante el juez que corresponda, frente a las resoluciones o decisiones que pongan fin a su caso.

 

Derechos de los Testigos Todo testigo tiene derecho a:


1. No declarar contra su cónyuge, conviviente, ascendientes y descendientes, pupilos, guardador, adoptante o adoptado.

2. No contestar preguntas incriminatorias dirigidas a ti, tu cónyuge, conviviente, ascendientes y descendientes, hermanos, pupilos, guardador, adoptante o adoptado.

3. No declarar cuando por tu estado, profesión o función legal, como el de abogado, médico o confesor, tengas el deber de guardar silencio, a excepción del personal de urgencia.

4.Interrogación exclusiva del presidente de la sala del tribunal durante el desarrollo del juicio, si es menor de 18 años.

5. Pago de gastos. La Fiscalía podrá pagar los traslados y alojamiento del testigo para participar en un juicio oral si no dispone de suficientes medios o recursos
Si el testigo no tiene con quien dejar a sus hijos, pueden acompañarlo, quesando también cubiertos sus gastos.

6.Justificación legal ante el empleador, si el testigo es trabajador dependiente, para ausentarse del trabajo y concurrir al juicio oral. El empleador no podrá descontar ninguna cantidad del sueldo ni aplicar sanciones.

7.Justificación legal ante el establecimiento educacional, si el testigo es estudiante, para ausentarse de sus estudios y concurrir al juicio oral. El establecimiento educacional no podrá aplicar ninguna sanción o medida que lo perjudique.

8.Compensación si es un trabajador independiente, tiene derecho a una compensación por lo que deja de ganar por su participación en el juicio oral.