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Fiscal regional valoró condena a 8 años de cárcel contra Guido Carihuentro: “Es una señal potente de confianza hacia la comunidad”

En el primer juicio Carihuentro fue condenado 5 años de presidio con libertad vigilada por la quema de tres camiones y dos máquinas en Freire, por lo que la Fiscalía recurrió de nulidad y logró anular dicha sentencia.

Los fiscales de la FIAC Luis Espinoza y Cristian Voullieme sostuvieron la acusación en el juicio.

Los fiscales de la FIAC Luis Espinoza y Cristian Voullieme sostuvieron la acusación en el juicio.

El Tribunal Oral de Temuco sentenció esta tarde a Guido Carihuentro a cumplir la pena de 8 años de presidio efectivo, en el segundo juicio por el ataque incendiario ocurrido la noche del 31 de diciembre de 2014, en el sector Guiñimo de Freire.

En el primer juicio Guido Carihuentro también había condenado por el delito de incendio, pero recibió una pena de 5 años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada, lo que no dejó conforme a la Fiscalía, que recurrió de nulidad asumiendo el riesgo de obtener un resultado desfavorable en una segunda instancia.

Por eso, el fiscal regional de La Araucanía, Cristian Paredes, valoró la sentencia dictada por el tribunal el día de hoy. 

Destacó que la Fiscalía de Alta Complejidad (FIAC), a través de una lógica de trabajo despersonalizado, consiguió una sentencia altísima, acorde a la gravedad de los hechos.

“Como región no podemos estar contentos frente a los graves hechos que suceden, pero por cierto que nos deja conformes que cuando logramos, pese a todas las dificultades, obtener las pruebas suficientes para llevar a alguien a juicio se termina imponiendo una pena que los hechos ameritan”, dijo Paredes, quien llamó a la comunidad a confiar en el trabajo de la Fiscalía.

“Aquí pudimos habernos quedado conformes con un primer juicio condenatorio, pero no nos parecía que la pena fuera acorde a los graves hechos, por eso instamos con repetir el juicio, así lo hicimos, acabamos de desarrollar este nuevo juicio y obtuvimos esta sentencia. Eso es una señal potente de confianza hacia la comunidad, de que cuando existen los antecedentes suficientes, se puede obtener una condena”, señaló la máxima autoridad del Ministerio Público en La Araucanía.

El fallo

La Fiscalía de Alta Complejidad -representada por los fiscales Cristian Voullieme y Luis Espinoza-,  acreditó en el juicio oral que el acusado, junto a un número indeterminado de acompañantes, llegó hasta el kilómetro 18 de la ruta que une Freire con Barros Arana e ingresó a un predio de propiedad de Leonardo Vielma, donde el grupo incendió tres camiones y dos máquinas de trabajo agrícola.

A diferencia del primer juicio, en la nueva instancia el Tribunal Oral desestimó la circunstancia atenuante de responsabilidad de “reparar celosamente” el mal causado, por al depositar $700 mil en beneficio de las víctimas.  Los jueces resolvieron que aquello no fue probado por la defensa, más aún considerando el enorme daño patrimonial que sufrió el afectado, y a que “no hubo signo alguno de arrepentimiento en el acusado”.

El fallo pronunciado por los jueces Oscar Viñuela,José Ignacio Rau y María Georgina Gutiérrez precisa que para los fines de establecer la pena, tuvo en consideración la extensión del mal producto del delito “toda vez que el daño provocado al patrimonio del afectado significó una verdadera ruina comercial, que, como quedó asentado, ascendió a una suma aproximada de $110.000.000, considerando además que con las maquinarias y camiones incendiados su dueño realizaba faenas para terceras personas”.

 

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