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Fiscalía de Río Negro obtiene pena de 17 años para autor de homicidio ocurrido en Purranque

“Como Fiscalía nos encontramos absolutamente satisfechos con el resultado de este juicio considerando que fue fruto de un trabajo conjunto con ambas policías en el sitio del suceso. Contentos también por la proporcionalidad de la sanción que aplica el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno para esta agresión”, señaló Fiscal Jefe de Río Negro, Leyla Chahín Valenzuela.

Fiscal Jefe de Río Negro, Leyla Chahín Valenzuela.

Fiscal Jefe de Río Negro, Leyla Chahín Valenzuela.

         A la pena de cumplimiento efectivo de 17 años de privación de libertad, fue sentenciado hoy, Jaime Eduardo Llanquilef Gómez, a quien la Fiscalía Local de Río Negro acusó como autor del homicidio calificado de Heriberto Eduardo Vásquez España, hecho ocurrido en la comuna de Purranque en noviembre de 2014. Sólo meses antes que ocurriera esta mortal agresión, el Ministerio Público rionegrino había llevado a juicio a este mismo imputado por agresiones en contra de la víctima, oportunidad en que el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno dictó penas de cumplimiento en libertad.

        La Fiscal Jefe de Río Negro, Leyla Chahín Valenzuela, destacó que "la sentencia que condena a 17 años, lo que hace es recoger nuestra calificación jurídica toda vez que la defensa iba por un homicidio simple y, de hecho, plantea hasta la hipótesis de un homicidio eventual a pesar de las 7 heridas cortopunzantes que presentaba el cadáver". Además añadió que "como Fiscalía nos encontramos absolutamente satisfechos con el resultado de este juicio considerando que fue fruto de un trabajo conjunto con ambas policías en el sitio del suceso. Contentos también por la proporcionalidad de la sanción que aplica el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno para esta agresión".

        El caso llevado a juicio oral ocurrió el 09 de Noviembre de 2014, cuando Jaime Eduardo Llanquilef Gómez llegó hasta una vivienda en el sector rural de La Poza, comuna de Purranque, donde se encontraba Heriberto Eduardo Vásquez España ingiriendo alcohol con otras personas. De acuerdo a la acusación fiscal, el imputado se unió a la reunión y, encontrándose la víctima en manifiesto estado de ebriedad y "con la intención de causarle la muerte asegurando el resultado", se hizo acompañar por la Vásquez España hasta su domicilio ubicado también en La Poza, lejos del camino público, en un sector despoblado y deshabitado. Cuando llegaron a la casa, el acusado atacó con un cuchillo, en reiteradas oportunidades, a la víctima, provocándole en total 7 heridas corto punzantes en la zona torácica, lesiones que le provocaron la muerte en el lugar. Más tarde, trasladó el cadáver con la finalidad de ocultarlo, dejándolo sumergido en un estero pantanoso en un bosque cercano a su domicilio, donde fue encontrado recién el 4 de Diciembre de 2014.

        Según indica la sentencia, estos hechos configuran el delito de homicidio calificado, tal como lo alegó la Fiscalía. Asimismo indica el fallo que concurre la circunstancia de la alevosía, en consideración a que el imputado "voluntariamente y sin derecho, dio muerte a la víctima valiéndose para ello de su actuar sobre seguro constituido por el estado de embriaguez del ofendido y el sector rural y apartado en que se encontraban, que le impidió a la víctima defenderse o requerir auxilio, todo lo cual brindó al autor seguridad ante la falta de reacción de la víctima y también en asegurar el resultado, como queda patente con la ausencia de lesiones o huellas que indicaran al menos un afán de defensa".

        La Fiscal Chahín recordó que anteriormente a estos hechos, hubo otro incidente en que el mismo acusado le había cortado una oreja y había lanzado al fuego a la víctima. "La Fiscalía acusó al mismo imputado, al Sr. Llanquilef, como autor de un delito de lesiones graves gravísimas y el tribunal lo terminó condenando por mutilación de miembro menos importante y lesiones graves, a dos penas en libertad", indicó la persecutora. Justamente, la sentencia pronunciada hoy en Osorno, además de reconocer la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos por parte del acusado, también recoge "la agravante de ejecutar este hecho mientras se cumplía otra condena".

 

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