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Declaración de la Fiscalía ante cuestionamientos a la persecución penal de hechos constitutivos de delito en el contexto de manifestaciones sociales

El Consejo General de Fiscales del Ministerio Público emitió hoy una declaración frente a las críticas públicas al accionar del Sistema de Justicia Penal, y de sus instituciones, en el contexto de la persecución y sanción de los actos ilícitos cometidos en lo que se ha llamado el "Estallido Social".

Fiscalía Nacional

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Ante cuestionamientos al Sistema de Justicia Penal y de sus instituciones, entre ellas el Ministerio Público, relativas a la persecución y sanción de hechos constitutivos de delitos en el contexto de manifestaciones sociales, el Consejo General de Fiscales declara que:

- Las actuaciones de la Fiscalía de Chile se enmarcan en el mandato institucional que le otorgan la Constitución y las leyes, y sus fiscales ejercen sus labores con autonomía y estricto apego a la legalidad, actuaciones siempre sometidas al escrutinio y control de los Tribunales de Justicia y, por ende, ajenas a toda arbitrariedad.

- La Fiscalía de Chile reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales de las personas, a través de investigaciones que dan plenas garantías de objetividad, seriedad y transparencia, lo que implica perseguir todos los actos que revistan carácter de delito, independiente de quienes los cometan.

- Todas las acciones persecutorias emprendidas por los fiscales tienen como única y exclusiva motivación la búsqueda de reparación ante hechos constitutivos de delitos, en cualquier contexto. No cabe, por tanto, cuestionamiento alguno respecto de eventuales consideraciones de orden no jurídico en la persecución criminal que ejerce el Ministerio Público. Quien así lo sostenga, tiene el deber de acreditarlo.

- Ante hechos de especial gravedad y debidamente fundados en los antecedentes que emanan de las investigaciones que se llevan adelante, la Fiscalía solicita medidas cautelares de mayor intensidad, como la prisión preventiva, las que son evaluadas en audiencias públicas, en las que interviene la defensa del imputado y en la que resuelve un Tribunal de la República, decisión que regularmente es revisada, a su vez, por un tribunal superior de carácter colegiado. Este proceso impide cualquier arbitrariedad.

- En consecuencia, la Fiscalía de Chile no puede compartir aseveraciones en orden a que existirían cientos de personas privadas de libertad por delitos menores, o contra quienes se habría hecho un uso indebido o desproporcionado del derecho penal. Las personas sometidas a la acción de los Tribunales de Justicia no están en esta condición por su pensamiento o por sus opiniones, sino por actos que son constitutivos de delitos.

- Las críticas al estado procesal de causas relacionadas con el contexto estallido social constituyen una generalización inaceptable, que demanda de sus autores la individualización de las mismas.

- Ante este contexto, la Fiscalía de Chile hace presente que un proyecto de ley de indulto como el presentado en el Congreso Nacional en los últimos días podría constituir una gravísima señal para la convivencia social, pues plantea condiciones que dejarían sin efecto, entre otras causas, la condena a 11 años de presidio impuesta a John Cobin, por homicidio frustrado y Ley de Control de Armas, tras disparar en la vía pública en Viña del Mar, el 10 de noviembre de 2019; o impediría perseguir la responsabilidad penal de los dos imputados en prisión preventiva por el atentado con artefacto explosivo en el edificio Tánica, el 27 de febrero de este año.

 
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