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SACFI logra más de 40 años de pena efectiva para banda delictual dedicada al tráfico ilícito de drogas

- La líder de la banda, Johanna Angélica León, fue condenada a 12 años de pena efectiva.

Sistema de Análisis Criminal y Focos Investigativos

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Ante el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Valparaíso, integrada por los magistrados Analía Rojas Zamora, quien presidió, Ada María Díaz Espinosa y Danko Koscina Villegas, se desarrolló el juicio en contra de seis imputados, acusados por el Ministerio Público por el delito tráfico ilícito de drogas y porte ilegal de armas de fuego y municiones, cometido al menos desde marzo de 2023 hasta el 5 de mayo del mismo año, en el sector del Cerro Cordillera, Valparaíso.  

Johanna Angélica León Zamora, Yerka Francesca Fierro León, Juan Carlos Fernández Norambuena, Alexis Israel Villalobos Quezada, Alexis Rodrigo Maldonado López y Jimmy Ángel Gallardo Avilés formaron parte de una agrupación de personas destinada al tráfico de drogas en el sector del Cerro Cordillera en la ciudad de Valparaíso. En la agrupación Johanna Angélica León Zamora era quien lideraba el grupo asumiendo incluso el rol de aplicar disciplina dentro del grupo. Por otra parte, Yerka Francesca Fierro León, prestaba colaboración en la actividad del grupo almacenando droga, la que luego era distribuida por los demás integrantes del grupo. Por otra parte, Juan Carlos Fernández Norambuena, cumplía funciones de conductor del vehículo que usaba Johanna León para trasladarse, para transportar, recibir y entregar droga. Alexis Israel Villalobos Quezada, Jimmy Ángel Gallardo y Alexis Rodrigo Maldonado López se ocupaban a la distribución de la droga, para lo cual la mantenían en su poder”, expuso el Fiscal SACFI, Felipe González Andaur, durante el desarrollo del juicio.

La Fiscalía presentó prueba testimonial, documental, evidencias materiales y especialmente evidencia científica, proveniente del trabajo realizado durante la investigación por OS7 de Carabineros. Se logró establecer durante el juicio la relación jerárquica y funcionamiento dentro de esta organización criminal, donde Johanna Angélica León ejercía como líder y era quien daba instrucción al resto de imputados, quienes cumplían roles de almacenamiento, transporte y distribución. Evidencias que fueron ponderadas por el Tribunal para arribar a un veredicto condenatorio.

Que los hechos consignados en el fundamento anterior, se encuentran acreditados con la prueba de cargo rendida, correspondiente a la declaración de los funcionarios policiales Álvaro Yáñez Castro, José González López, Darwin Gutiérrez Soto, Juan Mondaca Morales, Michael Avendaño Astargo y Amanda Ortega Carrasco, quienes dieron cuenta de las diligencias en las que participaron; sumado a lo informado por el perito balístico Mauricio Farías Villalobos; aunado a la prueba documental, informe de estupefacientes y protocolos de análisis químicos incorporados de conformidad con el artículo 315 del Código Procesal Penal, más las fotografías exhibidas en la audiencia, junto a los audios y videos reproducidos en el juicio oral; todo lo cual configura un conjunto de elementos que fuerzan a determinar, más allá de toda duda razonable, la ocurrencia de los hechos que se dieron por establecidos, quedando suficientemente comprobado en el juicio, todos y cada uno de los presupuesto fácticos que se dieron por acreditados”, sentenció el Tribunal.

Johanna Angélica León, líder de la banda, fue condenada a 12 años de presidio mayor en su grado medio, además del pago de multas mensuales y otras penas accesorias. Alexis Israel Villalobos Quezada y Juan Carlos Fernández Norambuena fueron condenados, cada uno, a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio y al pago de una multa, además de accesorias legales. Yerka Francisca Fierro León, hija de la líder de la banda, fue condenada 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, al pago de una multa mensual y accesorias legales. Finalmente, Alexis Rodrigo Maldonado López, fue condenado a 4 años de presidio menor en su grado máximo, además del pago de una multa y otras penas accesorias. Todos los acusados, previamente individualizados, fueron condenados por el delito de tráfico de drogas del artículo 3° de la Ley N° 20.000.

 

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