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Fiscalía logra condena de tres acusados por homicidio ocurrido en Cerro Polanco

-Deberán cumplir entre 12 y 5 años de presidio efectivo por ser co autores del ilícito.

Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Valparaíso

Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Valparaíso

Más de una semana duró el juicio oral en contra de tres acusados por el homicidio de Ibar Sepúlveda Vergara ocurrido en el Cerro Polanco en octubre del año 2019. La Fiscal de Valparaíso, Greta Fuchslocher, expuso los hechos de la acusación y las pruebas que buscaban acreditar que los tres acusados eran autores del homicidio con un dolo común de matar a la víctima cuando se encontraba en su domicilio.

“Hasta ese lugar llegaron los acusados, quienes premunidos de elementos contundentes y armas de fuego, ingresaron a la casa por la fuerza efectuando destrozos, fracturando la puerta de acceso y efectuando con ánimo de matar varios disparos en contra de la víctima e inmueble, alcanzando a la víctima uno de estos disparos a la altura del hemitórax anterior derecho, provocándole la muerte a causa de una herida por proyectil balístico. Una vez finalizada esta agresión, los tres acusados huyeron juntos del lugar portando los elementos contundentes y armas de fuego ya referidas”, señaló la Fiscal Fuchslocher.

La Fiscalía presentó durante el juicio, que se desarrolló en modalidad on line, prueba testimonial, con la declaración de vecinos, funcionarios de la Policía de Investigaciones y varios testigos protegidos. Además prueba pericial que incluyó la declaración de peritos químicos, balístico y planimetrista, entre otros, junto con prueba documental y otros medios. Todo ello le permitió al Ministerio Público probar los hechos y la participación de los acusados frente al Tribunal, quienes condenaron a los tres acusados como co autores de homicidio simple.  

“Estos sentenciadores tuvieron por establecido que los tres encartados acometieron en contra de la víctima, a quien le propinaron un disparo con arma de fuego a la altura del hemitórax anterior derecho, provocándole la muerte a causa de una laceración transfixiante de arteria aorta torácica y shock hipovolémico que le causó la muerte. Dichas heridas provocadas con el ánimo de matar, lo cual se desprende por un lado de la naturaleza del arma de fuego del calibre .38 que debió emplearse, de acuerdo a la munición recuperada del cadáver, unido a la existencia de otro disparo a la casa de la víctima efectuado desde el exterior y cuyo recorrido terminó en el techo, sumado a la violencia empleada para ingresar a la propiedad, dan cuenta de una animosidad destinada a provocar la muerte. En conclusión, este cúmulo de antecedentes constituyen por sí mismos elementos inequívocos del animus necandi que tuvieron los tres acusados, y configurar así un delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el Artículo 391 N° 2 el Código Penal”, señala la sentencia.

La sala del Tribunal presidida por la magistrada doña Paula Ramos, e integrada por don Francisco Hermosilla y don Mario E. Fuentes tomando en cuenta las agravantes y atenuantes que tenía cada uno de los acusados decidió condenar a Maykol Diparodi a 12 años y 184 días de presidio mayor en su grado medio, a Iván López a 10 años y un día de presidio en su grado medio y a Francisco Silva a 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Pena que deberán cumplir de manera efectiva debido a su cuantía, sin posibilidad de penas sustitutivas.

 

 

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