11/03/2014
Corte de Apelaciones anula juicio en caso de asalto a Unimarc de Ancud
Recurso de nulidad presentado por la Fiscalía fue acogido por el Tribunal de Alzada de Puerto Montt. Con esta resolución juicio oral deberá ser realizado por segunda vez ante una sala que no haya conocido con antelación los hechos.
Fiscal Jefe de Ancud, Jorge Raddatz Hernández.
Acogiendo el recurso de nulidad presentado por el Fiscal Jefe de Ancud, Jorge Raddatz Hernández, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt determinó anular el juicio oral desarrollado en enero pasado relativo a un asalto al supermercado Unimarc. Según argumentó el persecutor, en la sentencia pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Castro hubo una errónea aplicación del Derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo al no acoger los jueces la circunstancia agravante de la pluralidad de malhechores.
De acuerdo al fallo pronunciado por el Tribunal de Alzada puertomontino, se deberá realizar un nuevo juicio oral “sólo respecto de los sentenciados Samuel Héctor Rivera Muñoz y José Luis Gallardo Vargas; manteniéndose en lo demás en relación a los otros encausados; retrotrayéndose la causa al estado de celebrarse una nueva audiencia ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal competente y no inhabilitado que corresponda”.
Los hechos que dieron lugar a este juicio oral ocurrieron el 30 de marzo de 2013, alrededor de las 23:00 horas, cuando los acusados José Luis Gallardo Vargas y Samuel Héctor Rivera Rodríguez concurrieron al Supermercado Unimarc de Ancud, en un vehículo conducido por un tercer sujeto. Una vez en el lugar, ambos imputados premunidos de elementos que semejaban armas de fuego, ingresaron al local e intimidaron al guardia y a las cuatro dependientes que se encontraban allí diciéndoles que era un asalto. Luego de reducirlas en el piso y maniatarlas, sustrajeron más de 28 millones de pesos en dinero efectivo. A juicio de la Fiscalía, estos hechos son constitutivos de un delito consumado de robo con violencia y ambos se les atribuye participación en calidad de autores.
Según fue alegado ante la Corte puertomontina, las acciones que se reseñaron en el juicio oral respecto de la participación de Gallardo Vargas y Rivera Rodríguez “no podrían haber sido ejecutadas con la eficacia con la que se efectuó, por una sola persona, de tal manera que la disminución objetiva de posibilidades de defensa de las víctimas y mayor impunidad de los partícipes, proviene del hecho concreto de ser dos los partícipes que además de ejecutar actos intimidatorios, redujeron en el suelo a cinco víctimas, las maniataron y amordazaron. Número y acciones que generan el plus para agravar la responsabilidad de los autores”.
Luego de la resolución de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, corresponde ahora que el Tribunal Oral en lo Penal de Castro fije la fecha para la realización del segundo juicio oral en este caso.
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