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Taltal: quince años de cárcel por homicidio de geólogo

El profesional fue ultimado mientras cumplia labores profesionales a la salida de Taltal.

Fiscal Ricardo Rivera Vallejo

Fiscal Ricardo Rivera Vallejo

            El Fiscal de Taltal Ricardo Rivera Vallejo, obtuvo una sentencia de condena en contra de Juan Eduardo Delgado Roco a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de homicidio simple de Alberto  Jaime  Morales Van den Wingard, hecho acaecido en Taltal, el 8 de junio de 2014.

            Por este ilícito los sentenciadores aplicaron una pena de doce años de presidio mayor en su grado medio.

            Además Delgado Roco recibió una segunda condena por el delito de hurto de especies por el cual le aplicaron una pena de tres años de presidio menor en su grado medio.

            Los hechos por los que acusó el fiscal Rivera dan cuenta que el día domingo 8 de junio de 2014, aproximadamente a las 13:30 horas, en circunstancias que la víctima, el geólogo Alberto Jaime Morales Van de Wyngard, de 61 años de edad, se encontraba realizando labores propias de su profesión, para las que había sido contratado por Minera Las Cenizas, y efectuaba anotaciones en un cuaderno que mantenía apoyado en el pick up de su camioneta, estacionada en una explanada del sector costero denominado La Puntilla, ubicado en el kilómetro 4 de la Ruta B-898 de Taltal, llegó al lugar el acusado Juan Delgado Roco.

            Este último, provisto de artículos de buceo tales como arpón, traje, cinturón de plomo, snorkel, aletas y otros implementos propios de la actividad extractiva de la zona, los que transportaba en un balde, procedió a dejar los mismos semiocultos en medio de una ladera cercana a la ubicación de la víctima, para luego, armado de un perfil metálico de un metro de longitud que recogió en el lugar y con la clara intención de dar muerte a  Morales Van den Wyngard y sustraer especies de su propiedad, se acercó a éste y en forma sorpresiva procedió a agredirlo propinándole un golpe en la cabeza con el referido objeto, cayendo la víctima al suelo, lugar en cual el acusado continuó su agresión golpeando repetidas veces el cráneo y región facial alta de su cabeza, provocándole un traumatismo encéfalo craneano, que le causó la muerte en un tiempo inmediato.

            Luego de esta acción el acusado sustrajo especies que la víctima mantenía en el lugar, entre estas el celular y un notebook color azul, con los cuales se dio a la fuga. Ocurridos estos hechos llamó a su pareja a la que contó pormenorizadamente las circunstancias en las cuales había dado muerte a la víctima y luego la sustracción de especies.

            El acusado fue detenido dos días después con las especies aún en su poder.

            Durante el juicio oral se acogió a su derecho a guardar silenció. En cambio declaró su pareja quien detalló la forma como el acusado le dio a conocer lo ocurrido.

            También declararon los carabineros que tomaron parte tanto en el procedimiento como en la posterior investigación. Además se presentó prueba pericial, documental y fotográfica.

            Luego de valorar dicha prueba el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dio por acreditado, tanto el delito como la responsabilidad que en el mismo correspondió al acusado.

 

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