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Antofagasta: condena de 5 años y 1 día por robo en lugar habitado

Ingresó a una casa, mientras sus moradores dormían y sustrajó el balón de gas del califont.

Fiscal Gonzalo Pino Ramírez

Fiscal Gonzalo Pino Ramírez

            El Fiscal Gonzalo Pino Ramírez,  obtuvo una sentencia de condena en contra de Ulises Junior Robinis Díaz,  a quien el Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta, encontró culpable de perpetrar un delito robo con fuerza en lugar habitado.

            Los hechos, según da cuenta la acusación fiscal, ocurrieron el día 13 de diciembre del año pasado en un inmueble ubicado en calle Río Longaví de esta ciudad. El imputado, ingresó a la casa por un espacio entre el cierre perimetral y la reja, una vez en el interior, se apropió de un balón de gas de 15 kilos. Con la especie en su poder, escaló nuevamente hacia afuera del cierre perimetral dándose a la fuga, siendo detenido poco después por la víctima y un testigo, y recuperando el balón de gas sustraído.

            La defensa solicitó la absolución de su defendido, porque no se  lo podría vincular con el hecho, pues fue detenido lejos del hogar afectado y sin la especie en su poder.

            El imputado se acogió a su derecho a guardar silencio y no declaró en el juicio.

            La víctima, el dueño de la casa afectada dijo que el día de los hechos se encontraba durmiendo con su grupo familiar, cuando sintió ruidos y se asomó a la ventana y vio al acusado, al que ubicaba del barrio,  que huía con el balón de gas que el usaba para hacer funcionar el califont.

            A su vez un carabinero que intervino en el procedimiento dijo que el día de los hechos, recibió un llamado en el cuadrante a su cargo en el cual se alertaba de un robo, posteriormente le dieron las características del autor del hecho, que vestía polerón negro, short de mezclilla celeste y que huía con un bidón de gas amarillo de 15 kilos. Al llegar a la calle Nicolás González vieron a un sujeto que correspondía a las características del denunciado y que además portaba un balón de gas amarillo, lo fiscalizaron y no pudo dar explicación satisfactoria sobre la tenencia del objeto. Luego, el detenido fue reconocido por la víctima como la persona que caminaba con el balón de gas en las inmediaciones de su domicilio.

            Asimismo se recibió un testimonio de un vecino que vio al acusado salir de la casa con el balón de gas.

            El tribunal estimó que la prueba aportada por la fiscalía fue suficiente para dar por acreditado, tanto el delito como la participación que en el mismo cupo a  a Robinis Díaz.

            Por no reunir los requisitos que dispone la ley para aplicarle una pena sustitutiva a las penas privativas o restrictivas de libertad, deberá cumplir la pena aplicada, 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, de forma efectiva.

 

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