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Rechazan recurso de nulidad en delito de femicidio

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, rechazó recurso de nulidad en juicio que condenó a ex carabinero de 28 años de edad, a 20 años de presidio mayor en su grado máximo, por delito de femicidio en contra de su conviviente de 20 años.

Abogado asesor Hugo León Saavedra

Abogado asesor Hugo León Saavedra

            La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Ismael Fabricio Castillo Castro, quién recibió una pena del Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, luego de encontrarlo culpable de un delito de femicidio.

            El recurrente estimó que los sentenciadores erraron al valorar los medios de prueba que fundaron sus conclusiones de acuerdo a lo que que dispone el artículo 297, ya que en au apreciación se vulneraron los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos cientíticamente afianzados.

            Como causal segunda invoca una errónea aplicación del derecho, estimando que en general el fallo se construye sólo sobre la base de conjeturas..

            La Fiscalía, representada por el abogado Hugo León Saavedra, solicitó el rechazo del recurso sosteniendo que le sentencia está suficientemente fundada y no se divisa como pudieron vulnerarse los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados.

            Isamel Castillo Castro,  de 28 años,  carabinero al momento de los hechos, convivia con Paulina Miranda Leiva, estudiante universitaria de 20, en una pieza que arrendaban en la calle Bolívar.

            Los hechos establecidos durante el juicio, dan cuenta que el día 7 de octubre de 2012, alrededor de las 16:00, al interior del domicilio de calle Bolívar 604,  tercer piso de esta ciudad, el imputado Ismael Castillo Castro, con una pistola marca “Taurus” modelo “Slim”, calibre 9 mm, de su propiedad, le disparó en la cabeza a su conviviente Paulina Miranda Leiva, cuando ambos se encontraban solos en la habitación, la que falleció momentos después en el Hospital Regional de Antofagasta como consecuencia de herida a bala craneal.

            Los jueces sentenciadores estimaron en su momento que con la prueba aportada por el ente acusador se dio por configurado tanto el delito como la participación que en el mismo cupo a Castillo Castro y la sentencia recurrida fundamenta de manera categórica porque se arribó a esa convicción.

            La Sala analizó detalladamente las pericias de trazas metálicas que se realizaron al cadáver de la joven fallecida, que dan cuenta que esta no presentaba residuos de disparos en sus manos, lo que dejó claro que ella no fue la que disparo.

            Si a eso se suma el hecho que en la habitación había solo dos personas, ella y su conviviente, queda claro que  si ella no disparó sólo queda la certeza que fue Castillo Castro el autor del disparo, ya que además él si tenía trazas metálicas en sus manos..

            Por todas estas consideraciones la Primera Sala rechazó el recurso de nulidad, sentencia que en consecuencia no es nula.

 

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