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Antofagasta: condenado por accidente de tránsito con resultado de muerte y lesiones

En el accidente, ocurrido en el sector Oasis, falleció una menor de 14 años de edad.

Fiscal de Antofagasta, David Cortés Alfaro

Fiscal de Antofagasta, David Cortés Alfaro

               El fiscal David Cortés Alfaro, obtuvo una sentencia de condena en contra de Maycol Antonio Torres Aranda, de 26 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando muerte en perjuicio de una menor de 14 años Constanza Ibacache Ibacache,  y un segundo delito de lesiones graves, ilícitos por los que le aplicó pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, por el primero y una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y la suspensión de su licencia de conducir por un lapso de 5 años por el segundo.

               Los hechos por los que acusó el fiscal dan cuenta que:  el día 28 de mayo de 2017, a las 07:00 horas, aproximadamente,  el acusado, ya individualizado, conducía en estado de ebriedad, un vehículo marca Hyundai, por la ruta A-25 acompañado de un adulto y dos menores de edad, y, al llegar a la intersección con la Ruta 5 Norte, debido a que sus capacidades psicomotoras, perceptivas y reactivas se encontraban disminuidas por la ingesta alcohólica, perdió el control del vehículo, continuando su desplazamiento en forma recta, ante la presencia de una mediana y barrera de contención emplazada en el lugar, colisionándola, para continuar su trayecto, colisionando una señal vertical informativa y luego volcar. Producto de ello, falleció en el lugar la menor Constanza Ibacache Ibacache, mientras que otra menor y un adulto resultaron con lesiones de carácter grave.

El informe de alcoholemia practicado al conductor evidenció que este manejaba con  1,39 gramos por mil de alcohol en la sangre.

A la acusación  fiscal adhirió  como querellante particular, la madre de la víctima.

Durante el juicio oral, el acusado se acogió a su derecho a guardar silencio, absteniéndose de prestar declaración. Su defensor manifestó que en este caso hay dudas, respecto a quién conducía el vehículo el día de los hechos, asegurando que no era su defendido pero sin arrojar luces respecto a quién sería el conductor.

               El fiscal acusador presentó prueba testimonial, pericial y documental, la cual a juicio de los jueces sentenciadores resultó suficiente y más allá de toda duda razonable para establecer tanto la forma como se desarrollaron los hechos como la participación que en los mismos correspondió al acusado.

               Además de las penas principales el acusado fue condenado a la inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, y además deberá pagar dos multas, unas de 8 Unidades Tributarias mensuales por el delito más grave y una de 4 UTM por el segundo delito.

Por no reunir los requisitos que dispone la ley, no se concedieron penas sustitutivas

 

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