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Antofagasta: diez años por tráfico e ingreso clandestino al país.

El condenado, Marvin Javier Santiesteban Ortíz es colombiano y tiene 34 años.

Fiscal Paola Acevedo

Fiscal Paola Acevedo

              La Fiscal Paola Acevedo Vera, obtuvo sentencia de condena en contra de Marvin Javier Santiesteban Ortíz, colombiano de 34 años de edad, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de tráfico ilícito de Drogas, ilícito por el que le aplicó una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo y una multa de 40 UTM.     

             Asimismo lo condenó a una segunda pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito  de ingreso clandestino al país. Ambas penas las deberá cumplir de forma efectiva.

Los hechos investigados por la fiscal Paola Acevedo, dan cuenta que el 29 de junio del año pasado, personal policial en conocimiento que un sujeto de nombre Marvin se encontraba en la ciudad y que sería proveedor de droga, por lo que previa autorización judicial toman contacto con él en el sector central de la ciudad acordando una reunión para más tarde con el fin de hacer entrega de la droga.

Es así como en horas de la tarde, se dirigen al sector norte de la ciudad a la altura de 6.300 de la Avenida Bonilla,  donde Santiesteban Ortíz, desciende del vehículo e ingresa a un domicilio del sector, regresando luego con dos bolsas de nylon transparente contenedoras de 2 kilos 17 gramos de pasta base de cocaína, procediendo el personal policial a su detención, luego de ello y debidamente autorizada, la policía ingresa al domicilio  del acusado, detectando al interior del inmueble un laboratorio de preparación de la droga, detectando 4 sábanas de género contenedoras de cocaína base en proceso de secado y otros elementos necesarios para la manipulación de la droga, como precursores químicos..

En total se incautaron 21 kilos 728 gramos de  cocaína base. El detenido, contaba además con dos medidas de expulsión de territorio nacional, las cuales se habían materializado el 16 de febrero  de 2016, fecha en que fue expulsado vía aérea desde el Aeropuerto Arturo Merino Benítez con dirección a Colombia, no obstante tiempo después volvió a ingresar a Chile por un paso no habilitado.

Durante el juicio, el acusado renunció a su derecho a guardar silencio y declaró, reconociendo su participación, tanto en el tráfico de drogas como en el ingreso clandestino a Chile.

El Tribunal reconoció que con la prueba aportada por la fiscalía se pudo acreditar el delito de tráfico y el de ingreso clandestino al país, pero no acogió el de tenencia de precursores químicos, ya que  estimó que no fue posible vincular al acusado con dicho ilícito.

 

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