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Antofagasta: trece años de presidio para homicida de Villa Mëxico.

El hechor aprovechó que la víctima estaba en estado de ebriedad para agredirlo, llegando incluso a extraerle un ojo.

Fiscal Gonzalo Pino

Fiscal Gonzalo Pino

                El Fiscal Gonzalo Pino, obtuvo una sentencia de condena con dos penas una de 13 años de presidio mayor en su grado medio en contra de Pablo Antonio Creuz Arcos de 22 años por el delito de homicidio simple de Desiderio Alejandro Juan Guíñez Fierro de 24 años  y otra de 90 días y multa de 5 UTM por el delito de hurto de especies al fallecido.

Los hechos ocurrieron en la Villa México el 7 de agosto del 2015 en al interior de la pensión en la que ambos arrendaban una pieza, en la calle Leonardo da Vinci. Ambos compartieron unos tragos y luego tras una discusión, el acusado lo golpea en diferentes partes del cuerpo usando diversos elementos para golpear que había en la habitación. Incluso el acusado en un momento dado le mete un dedo en el ojo, logrando extraérselo. Luego toma un cuchillo que había en la habitación y le provoca diversas lesiones. Luego sustrae algunas especies como pulseras y cadenas de propiedad de la víctima y huye del lugar.

La víctima fallece en el lugar a causa de un shock hipovolémico que le provocaron cuatro cortes en su cuerpo que le inflingió el agresor..

En la audiencia declaró la pareja del fallecido, quién reseñó que su pareja estaba enojado con el acusado porque este en una oportunidad en que ella estaba sola en la pieza, el intentó forzar la chapa y entrar.

Por su parte la madre del acusado dijo que era la víctima la que constantemente hostigaba a su hijo y que él nunca  tuvo la intención de matarlo.

El tribunal luego de valorar la prueba fiscal consistente en testimonial, pericial, fotográfica y documental dio por acreditados los hechos y por voto de mayoría condenó al acusado a las penas ya señaladas,

Por su parte la magistrado Paula Ortíz Saavedra, estuvo por condenar al acusado por el delito de homicidio calificado, ya que a su juicio a través de la prueba del fiscal Pino, se demostró que el hechor actuó con alevosía al momento de matar al afectado, es decir actuó a traición, lo que implica haber ocultado su verdadera intención, precisamente vengarse del ofendido con motivo de un altercado anterior.

Para la juez disidente Creuz Arcos, espero que la víctima estuviera en estado de ebriedad para actuar sobre seguro y evitar así que este pudiera defenderse

 

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