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Empresario deberá pagar 775 millones de pesos tras suspensión condicional gestionada por Fiscalía y SII

Ilícitos -que básicamente se relacionaban con declarar una mayor cantidad de compra de petróleo para la flota de vehículos de la empresa- permitieron al imputado pagar una menor cantidad de impuestos, tanto a nivel personal como de su empresa y asimismo, obtener una mayor devolución de impuestos.

La investigación fue dirigida por el fiscal Alvaro Sanhueza. El imputado había sido formalizado por delitos tributarios.

La investigación fue dirigida por el fiscal Alvaro Sanhueza. El imputado había sido formalizado por delitos tributarios.

Tras una investigación dirigida por la Fiscalía Local de Coyhaique, previo a una querella presentada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), un empresario de Coyhaique deberá pagar 775 millones de pesos como parte de una salida alternativa por delitos tributarios, logrado en el marco de una suspensión condicional del procedimiento, figurada contemplada por la ley para aquellos casos que no poseen una pena superior a tres años de cárcel. 

En este caso investigado por el fiscal Alvaro Sanhueza Tasso, la causa se suspendió por el plazo de un año, en el cual el imputado debe cumplir con las condiciones impuestas de pagar el dinero mencionado al Estado de Chile y firmar cada tres meses en la Fiscalía. Si cumple con lo establecido, la investigación termina definitivamente sin que quede registro en el certificado de antecedentes. De no cumplir, con las condiciones estipuladas, la causa en su contra se reabrirá.

FACTURAS FALSAS

De acuerdo a lo expuesto en la audiencia efectuada hoy en el Juzgado de Garantía por el fiscal Alvaro Sanhueza, en el período comprendido entre marzo a diciembre del año 2010, el imputado registró en el Libro de Compras y declaró IVA en los formularios 29, proveniente del beneficio por Impuesto Específico al petróleo Diesel, amparado en facturas de dos prestadores que resultaron ser falsas, por montos millonarios.

El imputado, explicó el fiscal Sanhueza, fue formalizado por la comisión de ciertos delitos y un monto específico de dinero, sin embargo “en el curso de la investigación se logró determinar un perjuicio fiscal mayor, que finalmente fue subsanado en todas sus partes con el monto fijado de 775 millones de pesos”.

Estos delitos -que básicamente se relacionaban con declarar una mayor cantidad de compra de petróleo para la flota de vehículos de la empresa- permitieron al imputado pagar una menor cantidad de impuestos tanto a nivel personal como de su empresa y asimismo obtener una mayor devolución de impuestos.

Las facturas detectadas no eran efectivas, explicó el fiscal Sanhueza “y esas aumentaron el gasto de la empresa del imputado, con lo cual -al aumentar el gasto- disminuyó las utilidades y por lo tanto el impuesto que tenía que pagar tanto por IVA y renta. Al tener menos utilidades también bajaba su impuesto global complementario”, añadió el persecutor penal.  

SUSPENSIÓN CONDICIONAL

De acuerdo al artículo 237 del Código Procesal Penal, el fiscal -con el acuerdo del imputado-, podrá solicitar al Juez de Garantía la suspensión condicional del procedimiento, la cual podrá decretarse, entre otros, si la pena que pudiere imponerse al imputado, en el evento de dictarse sentencia condenatoria, no excediere de tres años de privación de libertad y si el imputado no hubiere sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. 

Al decretar la suspensión condicional del procedimiento, el Juez de Garantía establecerá las condiciones a las que deberá someterse el imputado, por el plazo que determine, el que no podrá ser inferior a un año ni superior a tres.

A la audiencia efectuada hoy ante la jueza Cecilia Urbina Pinto, también asistió la abogada del Servicio de Impuestos Internos de Coyhaique, Ximena Pradenas Barra. En la investigación, desarrolló diversas diligencias la Brigada de Delitos Económicos, Bridec, de la Policía de Investigaciones de Chile.  

 

 

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